sábado, 6 de septiembre de 2014

Hartos y hasta las narices de las actividades del Aeroclub de Gran Canaria, El Berriel (GCLB) con el ruido de sus avionetas a todas horas


Una semana de ruidos en la mañana y la tarde por culpa de las avionetas de arrastre de carteles publicitarios, la Cessna 182N Skylane con matrícula EC-JOJ del Real Aeroclub de Gran Canaria que realiza pasadas muy bajas sobre los complejos turísticos moletando con el ruido del motor a todo el mundo, además de volar muy bajo contraviniendo la norma de vuelo VFR sobre población de obligatorio hacerlo a 1000 pies de altura.

Y por otro lado la Cessna U206G Stationair con matrícula EC-JML del ParaClub de Paracaidismo Gran Canaria con la misma historia del ruido de motor hasta que logra la altura de salto.

¡YA ESTÁ BIEN DE TANTO RUIDO PARA BENEFICIO DE UNOS POCOS!.

Vuelven los parapentes con motores a vulnerar la seguridad de las personas de los complejos turísticos en Maspalomas

Hoy 6.09.2014 a las 19.34 horas se ha vuelto a ver otro parapente con motor dando pasadas sobre los complejos turísticos, vulnerando lo que dicta la FAE y las normas aéreas sobre estos aparatos, volviendo a poner en tela de juicio si existe la seguridad aérea de las personas que viven y que se encuentran de vacaciones en dichos lugares. Seguramente el responsable o responsables desde el que vuela, el que controla y hasta el que supuestamente permite este tipo de vuelos libres tiene la culpa de que el sur de la isla sea un verdadero lugar de atentados e inseguridad aérea.

¡YA ESTÁ BIEN DE TANTO PASOTISMO AÉREO Y TANTA VULNERACIÓN DE LAS NORMAS AÉREAS EN ESTE PAÌS DE SEUDOPROFESIONALES QUE SOLO SABEN COBRAR AL FINAL DEL MES SIN QUE SE LE PIDAN RESPONSABILIDADES!.

jueves, 4 de septiembre de 2014

El sur de la isla sin control aéreo y la seguridad aérea brilla por su ausencia, todo el mundo vuela como y por donde le da la gana, ¿quién controla a quien? ¿quién vela por la seguridad aérea en este espacio aéreo?


El dia 4.09.2014 a las 10.45 horas y hoy 6.09.2014 a las 11.33 horas ,se pudo observar un parapente con motor, trike, (El Paramotor es un planeador resultado de la unión de un parapente y un motor auxiliar incorporado al arnés del piloto, que puede ser transportado, despegado y aterrizado a pie. En la clasificación de aeronaves de la FAI el Paramotor se encuadra en las aeronaves de Clase O, clase III. Podrán ser considerados como paramotores los trikes de despegue con ruedas que usen un parapente como planeador y que no excedan de 200 kg. en vacío) evolucionando y volando, si a eso se le puede llamar volar en cota de muy baja altitud sobre los distintos complejos turísticos de Maspalomas, lo que tiene prohibido según el "IV.6. Sobrevolar aglomeraciones de personas o poblaciones, respetar la altura mínima propuesta por la ley" de la FAE (Real Federación Aeronáutica Española) y en este caso vulnera y contraviene el "V.2. donde los aspectos de tráfico aéreo se regularán de acuerdo a la legislación general sobre navegación aérea y por el Reglamento de la FAE, siempre que no contravenga a la ley general sobre navegación aérea de la DGAC". Ante ello el "vuelo" de este paramente motorizado ha atentando contra la seguridad y la integridad de todo lo que les quedaba por debajo. Estos vuelos a "ojo" carentes de toda seguridad y control ya que a lo sumo llevaran una emisora portátil y ningún dispositivo de rastreo y seguimientos como son los transponders.

¿Quién es el responsable del control de estos aparatos?.
¿Quién lo controla?
¿Por que vuela en zonas prohibidas?

EL SUR DE LA ISLA DE GRAN CANARIA (ZONA TURÍSTICA) TIENE TODOS LO BOLETOS PARA QUE MURPHY LES OTORGUE UN ACCIDENTE AÉREO ENTRE LOS PARTICIPANTES DE SALVAMENTO MARÍTIMO, POLICÍA NACIONAL, GUARDIA CIVIL, AEROCLUBES, MILITARES, PARAPENTES MOTORIZADOS, LOS ARRASTRACARTELES, LOS LANZAPARACAS Y LOS HELICÓPTEROS TURÍSTICOS. ¿QUIEN DA MÁS?.

miércoles, 3 de septiembre de 2014

El helicóptero de Salvamento Marítimo EC-FVO como no da una en el mar viene de "pesca" a las piscinas de los complejos turísticos de Maspalomas


El 3.09.2014 a las 20.23 horas y hoy 6.09.2014 a las 20.20 horas, el helicóptero de Salvamento Marítimo Sikorsky S-61N MkII, con matrícula EC-FVO y con indicativo "Helimer" de la empresa INAER , en vuelo VFR, cerca del ocaso del día, y en cota de 250 pies de altura cruza Maspalomas pasando sobre el campo de golf y complejos anexos para "pescar" en sus piscinas como suele hacer diariamente en sus paseos al sur de la isla a la vez que hacen ostentación de sus vuelos para recreo de los extranjeros, vulnerando toda norma y procedimientos VFR y atentando contra los habitantes y foráneos del lugar, seguramente a esta altura ni llevaba el transponder activado ni el seguimiento de los controladores de Aproximación de GCLP.

Por ello y a la vista del vuelo ilegal del piloto de Inaer, y el consentimiento del controlador de Aproximación, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos VFR del Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente deben controlar y que afecta al este espacio aéreo de Maspalomas, infringiendo entre otras cosas:

1.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 200 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).

2.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.

3.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.

4.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.

5.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.

6.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre Maspalomas que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.

7.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.

¡COMO SIEMPRE LOS ESPACIOS AÉREOS, EN ESTE CASO MASPALOMAS, FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE APROXIMACIÓN PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE LOS SALTEN, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES Y FORÁNEOS DE MASPALOMAS ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN SEGUIR LOS PROCEDIMIENTOS VFR AL SUR DE LA ISLA!.

lunes, 1 de septiembre de 2014

También se infringe en el sur de la isla por parte de los mismos pilotos, los de INAER, y los controladores de Aproximación de GCLP


Hoy 1.09.2014, a las 19.13 horas el helicóptero de INAER Augusta Bell AB 412 del servicio de emergencias del Gobierno de Canarias con matrícula EC-JFQ y con indicativo "AH" volaba en dirección sur oeste, probablemente con despegue de aeródromo de El Berriel (GCLB) donde suele tener base, en vuelo VFR de cota de 150 pies de altura cruza Maspalomas pasando sobre el campo de golf vulnerando toda norma y procedimientos VFR y atentando contra los habitantes y foráneos del lugar, seguramente a esta altura ni llevaba el transponder activado ni el seguimiento de los controladores de Aproximación de GCLP.

Por ello y a la vista del vuelo ilegal del piloto de Inaer, y el consentimiento del controlador de Aproximación, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos VFR del Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente deben controlar y que afecta al este espacio aéreo de Maspalomas, infringiendo entre otras cosas:

1.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 200 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).

2.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.

3.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.

4.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.

5.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.

6.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre Maspalomas que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.

7.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.

¡COMO SIEMPRE LOS ESPACIOS AÉREOS, EN ESTE CASO MASPALOMAS, FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE APROXIMACIÓN PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE LOS SALTEN, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES Y FORÁNEOS DE MASPALOMAS ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN SEGUIR LOS PROCEDIMIENTOS VFR AL SUR DE LA ISLA!.

viernes, 29 de agosto de 2014

¿Qué controla el controlador de Torre, el señor "Carrillo", cuando permite que las esperas de entrada a GCLP, que según procedimiento se debe hacer en N3 lo extienda muy al sur del mismo sobre el casco urbano de Ingenio y en cota de muy baja altiutud?


Hoy a las 20.10 horas la avioneta de SAP - Sociedad Aeronautica Peninsular Cessna 337E Super Skymaster con matrícula EC-BVL ha sido vista realizando órbitas de su vuelo VFR de regreso del sur casi en el ocaso del día, probablemente de El Berriel (GCLB), sobre el casco urbano de Ingenio a cota de muy baja altitud, a sabiendas que las esperas se debe hacer sobre N3 (zona de El Goro en Telde) que es lo que estipula el procedimiento de entrada a GCLP y del que debe ser conocedor el piloto de dicho aparato y máxime el controlador de Torre de turno ("Carrillo") que permitió que esta volase en prolongación al sur de N3 y sobre Ingenio sin ser supervisado ni corregido para posteriormente realizar pasada de Norte a Sur y hacer visual interceptando la senda de aproximación y QMS de la 03L para aterrizar y estacionar en la zona Lima de la plataforma sur donde quedó tapada con una cubierta para protegerla de los rayos del sol.
Dado que estos controladores de Torre son tan dados a permitir los "Abeam Torre" y que se crucen los QMSs en ambos sentidos de la 03L y la 03R a los militares, Policía Nacional, Guardia Civil y a Canavia, también entonces debieran haber hecho lo mismo con este EC-BVL para que se posicionase en viento en cola derecha después de cruzar dichos QMSs de las pistas 03L y la 03R y atenerse a los procedimientos de aterrizaje de este aeropuerto ya que no había vuelos en arrivada ni en los puntos de espera ni haciendo rolling. ¿Qué controlas controlador de Torre?, así se entiende que hayan accidentes y se vulnere la seguridad aérea y la seguridad de los habitantes de Ingenio por parte de estos controladores sin profesionalidad.

A la vista del vuelo ilegal del piloto, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:

1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) y N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W).

2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).

3.- Volar en el lugar no adecuado para la llegada del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por N2 punto de notificación para seguir por N3 punto de espera y entrada en su vuelo a la plataforma sur de Gran Canaria. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener el aparato transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto vuele como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.

4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.

5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.

6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.

7.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.

8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.

P.D.: Dicho aparato también se sabe que tiene parking en el aeropuerto del sur de la isla, El Berriel (GCLB).

¡SIEMPRE SON LOS MISMOS (CONTROLADORES DE TORRE Y PILOTOS DE ESTE TIPO) AL QUE LOS PROCEDIMIENTOS LE IMPORTA MUY POCO MÁXIME CUANDO NO HAY EMERGENCIA ALGUNA Y TAN SOLO SE TRATA DE UN PASEO AL SUR DE IDA Y VUELTA COMO CADA DÍA!.

miércoles, 27 de agosto de 2014

Al piloto de la Policía Nacional le gustó el "guiño" de ayer que hoy voló por el mismo lugar en su regreso del sur de forma muy lenta, como quien busca algo desde el aire, para luego salir disparado a la plataforma sur y aterrizar en R10, a quien pretenden engañar saltándose el corredor Norte Sur, ¿Vuelves a tener los parasoles bajos controlador de Torre?


Hoy 27.08.2014 a las 13.19 horas el helicóptero de de la Policía Nacional Eurocopter EC-135-P2+ (EC-LTT) y con indicativo "Ángel", regresa del sur de la isla con intención de dirigirse a GCLP en su vuelo VFR y el piloto del mismo se salta el procedimiento del pasillo VFR Norte Sur omitiendo su paso por N2 y N3 y volando en cota ilegal de altura (menos de 350 pies), con el consentiomiento de la infracción por parte del controlador de Torre de turno, al cruzar el casco urbano del Municipio de Ingenio fuera de éste corredor interior de Oeste a Este, haciendo un "guiño" al simular buscar algo a su paso sobre la Jefatura de la Policía Local y el IES de Ingenio (zona Cuesta Caballero), para luego seguir rumbo a la plataforma sur en R10 donde aterrizó.

A la vista del vuelo ilegal del piloto de la Policía Nacional, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:

1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) y N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W).

2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).

3.- Volar en el lugar no adecuado para la llegad del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por N2 punto de notificación para seguir por N3 punto de espera y entrada en su vuelo a la plataforma sur de Gran Canaria. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto de Salvamento Marítimo vuele como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.

4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.

5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.

6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.

7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.

8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.

8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.

¡SIEMPRE SON LOS MISMOS (CONTROLADORES DE TORRE Y PILOTOS DE ESTE TIPO) AL QUE LOS PROCEDIMIENTOS LE IMPORTA MUY POCO MÁXIME CUANDO NO HAY EMERGENCIA ALGUNA Y TAN SOLO SE TRATA DE UN PASEO AL SUR DE IDA Y VUELTA COMO CADA DÍA!.