lunes, 31 de mayo de 2010

Emitido el tercer informe sobre vuelos bajos y ruidos en el Municipio de Ingenio


Hoy 31.05.10 se ha emitido el tercer informe sobre la actividad aérea en el espacio aéreo del Municipio de Ingenio, especialmente en lo que concierne a los vuelos bajos, inferiores a los 1000 pies o 300 metros que establece la Ley, y como novedad, aunque ya se hizo mención en el segundo informe, a los ruidos y vibraciones producidas por los aviones, especialmente los reactores militares. Dicho informe se ha entregado en la Jefatura de la Policía Local de la Villa de Ingenio con fecha de hoy y con número de registro 2983, el cual contiene los preceptos legales que se incumplen en un total de NOVENTA Y CUATRO INCIDENCIAS (94) contempladas entre el 4.02.10 y el 28.05.10.

sábado, 29 de mayo de 2010

El Ruido y la Contaminación Acústica como Delito Acústico por vulnerar la salud de las personas.


El Ruido.

El ruido es una energía física contaminante del aire. La contaminación atmosférica (por partículas y por ruido), puede ser considerada como un sector del medio ambiente.

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua española define el ruido como: “sonido inarticulado y más o menos frecuente”.

Y el sonido como: “sensación producida en el órgano del oído por el movimiento vibratorio de los cuerpos, transmitido por un medio elástico como el aire”.

El ruido es una forma de energía mecánica, física, y como tal, más fácil de definir por los técnicos especialistas, (físicos, ingenieros, etc.), que por el jurista, aunque es obvio que estamos ante una materia cuya regulación legal ha de partir necesariamente de presupuestos eminentemente técnicos. El ruido es uno más de los contaminantes del medio ambiente, aparte del químico y el biológico.

El ruido, desde un punto de vista físico, representa una suma de sonidos caóticos, irregulares y arrítmicos o no periódicos. En el lenguaje coloquial podríamos definirlo como un sonido no deseado y desagradable, y tal vez sea esta subjetividad el aspecto más importante de la definición.

El ruido está integrado por sonidos. Y el sonido es igualmente un fenómeno físico consistente en una variación de presión que se transmite y propaga por ondas longitudinales vibrátiles a través de cualquier medio (sólido, líquido o gaseoso). En concreto en el aire, se transmite a una velocidad aproximada de 340 m/sg. En el sonido es importante distinguir dos magnitudes como son la intensidad y la frecuencia.

a.- Intensidad: es el grado de presión que el sonido ejerce sobre una superficie. Se mide en decibelios y representa el nivel de presión del sonido

b.- Frecuencia: es el número de ondas emitidas por segundo por la fuente productora de ruidos. Se mide en hertzios (Hz).

Es importante señalar que el oído humano sólo es capaz de captar frecuencias comprendidas entre 20 y 20000 Hz, por encima y por debajo de estos valores nos encontramos con los denominados infrasonidos y ultrasonidos, respectivamente, que no son registrados por el órgano auditivo humano.

Efectos del ruido.

La gravedad del ruido y su importancia radica en los efectos negativos que produce en el ser humano, y especialmente en su salud. El ruido, cuando sobrepasa una determinada intensidad produce transtornos en el órgano auditivo disminuyendo la audición y pudiendo producir trauma acústico e hipoacusia; en el sistema nervioso central ando las funciones intelectuales y generando falta de voluntad, concentración y atención, sensación de fatiga, ansiedad, transtornos del sueño, e incluso, depresión; en el aparato digestivo provocando vómitos y transtornos digestivos; y en el aparato circulatorio acelerando el ritmo cardiaco.

Por tanto, puede ocasionar lesiones físicas y psíquicas en la persona, perturbando su bienestar y calidad de vida, ar su descanso y hábitos, disminuir su rendimiento laboral, provocar conflictos personales que hagan aparecer o acentúen aspectos agresivos de la personalidad.

La relevancia de la incidencia de este agente contaminante sobre la salud de las personas justifica su ubicación en el ámbito de la salud pública en el más amplio sentido del término.

Aparte de la incidencia sobre la salud, el ruido también genera desvalorización de la propiedad, disminución del valor turístico de determinadas zonas y lugares, conductas delictivas, ación del ritmo normal y habitual del desarrollo de la vida de las personas, perturbación del paisaje urbano ocasionando impacto ambiental.

Caracteres del ruido.

El ruido como agente contaminante del medio ambiente y de la integridad física y psíquica de las personas presenta los siguientes caracteres:

a.- Ámbito espacial reducido. Ya que afecta a un ámbito físico concreto y determinado. El ruido, por lo general, no provoca contaminación transfronteriza.

b.- El sujeto afectado por el ruido es, fundamentalmente, el hombre.

c.- Tiene un carácter temporal y periódico

d.- La urbanidad, el civismo, al educación, el saber vivir en comunidad, ya que la ausencia de estos valores en las personas que producen ruido está en el origen y causa de este problema.

Valores, derechos, principios y bienes afectados por el Ruido.

a.- La dignidad de la persona.

El artículo 10 de la Constitución es del siguiente tenor literal: “La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden público y de la paz social”

Así pues, la dignidad de la persona es concebida como un valor supremo de todo el ordenamiento constitucional, que se antepone incluso a los valores superiores estipulados en el artículo 1.1 de la Constitución.

b.- El libre desarrollo de la personalidad.

Contemplado en la Constitución en los artículos. 10.1, como fundamento del orden político y de la paz social, y 45 cuando dice: “todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona”.

c.- El derecho a la intimidad personal y familiar.

El artículo 18.1 de la Constitución enseña: “Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.

El referido precepto goza de la protección que le dispensa el artículo 53.2 de la indicada norma.

d.- El derecho a la inviolabilidad del domicilio.

Contemplado en el artículo 18.2 de la Constitución. Tiene por objeto el respeto del ámbito de la vida privada personal y familiar, que debe quedar excluido del conocimiento ajeno y de las intromisiones de los demás, salvo autorización expresa del interesado.

El ruido puede llegar a atacar esta inviolabilidad del domicilio, tal y como ha sostenido nuestro Tribunal Constitucional en la Sentencia 119/2001.

e.- El derecho a la integridad física y moral. El derecho a la protección de la salud.

El artículo 15.1 contempla el derecho a la vida y a la integridad física y moral como derecho fundamental. Y por otra parte, el artículo 43, bajo la rúbrica de los principios rectores de la política social y económica, establece que se reconoce el derecho a la protección de la salud, al que le resulta de aplicación la protección dispensada por el artículo 53 de la Carta Magna.

f.- La calidad de vida.

En varias partes de la Constitución se hace alusión a la calidad de vida, así en el Preámbulo, como proclamación de voluntad de promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna CALIDAD DE VIDA; así como en los artículos 45.2 y 129.

g.- El derecho a la tranquilidad y el descanso.

La tranquilidad pública es un valor a salvaguardar del que nace un interés legítimo de todos los ciudadanos, que sería el derecho al descanso, de modo que es evidente que el ruido afecta a estos ámbitos del derecho a la tranquilidad, como presupuesto esencial para que el individuo pueda realizar las actividades propias y básicas de su existencia.

h.- El derecho a un medio ambiente adecuado.

El artículo 45 del texto Constitucional establece:

1.- Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

2.- Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

3.- Parar quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije, se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

i.- El derecho a la propiedad.

Consagrado en el artículo 33 de la Constitución, se concibe no como un derecho absoluto. Es obvia la incidencia del ruido sobre el valor de los bienes inmuebles afectos por este fenómeno.

j.- Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

Contenido en el artículo 47 de la Constitución de 1978, bajo la rúbrica de los principios rectores de la política social y económica, establece que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Desde esta óptica, cabría preguntarse si este agente contaminante que es el ruido vulnera el aludido precepto.

k.- El derecho a la libre elección de domicilio.

Preceptúa el artículo 19 de nuestro texto constitucional, como derecho fundamental, que “los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional”.

A este respecto, es menester traer a colación el voto particular formulado por el magistrado D. Fernando Garrido Falla a la STC 119/2001, en el que afirma que: “según los casos, el ruido puede llegar a ser tan insoportable que obligue al dañado a cambiar su domicilio. Lo cual constituye una doble vulneración de derechos fundamentales: el derecho a la inviolabilidad del domicilio (artículo 18.1)”.

Con todo lo expuesto cabe decir además que todo ello es la base por la cual en el caso de la STC 119/2001, el Tribunal Supremo, en la sala de lo Penal, del Estado reprocha el Derecho Administrativo Sancionador por medio de la Vía Pernal y el Derecho Penal reconociendo el DELITO ACÚSTICO como bien recoge el Artículo 325 del Código Penal de 1995 y dictando sentencia aunque en el ámbito civil de una sala de fiestas, esto supone un precedente esperando que tenga un efecto preventivo y sirva de ejemplo para que los jueces apliquen la nueva doctrina, así como impulse a que la administración no se duerma en los laureles, y sobre todo para que los responsables de la contaminación acústica reduzcan sus emisiones, y por fin, llegue el silencio.

En el tema del ruido, su emisión e inmisión, y la contaminación acústica lo regula, entre otras la:

1.- Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de junio de 2002 sobre evaluación y gestión del ruido ambiental.

2.- Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.

3.- Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.

4.- Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

5.- Ley 55/99 de 29 de Diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en los procedimientos des disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido.

viernes, 28 de mayo de 2010

Como se pasan la Ley de Navegación Aérea por las azoteas de las viviendas


Hoy 28.05.10 a las 10.15 horas, el helicóptero Sikorsky S-61N de Salvamento Marítimo sobrevuela en VFR de bajísima cota, a unos 30 metros de las azoteas de los edificios, y en dirección SW sobre Siete Palmas en Las Palmas de Gran Canaria. ¡HAY QUE VER COMO VULNERAN LA LEY ESTOS PILOTOS, ATENTANDO CONTRA LA SEGURIDAD CIUDADANA, Y TODO ELLO TENEMOS QUE AGRADECERSELO A AVIACIÓN CIVIL Y LOS CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300!.

Continuamos con el la contaminación acústica de los cazas del Ejercito del Aire


Hoy 28.05.10 a las 9.40 horas se han vuelto a reproducir los ruidos y la contaminación acústica procedente de los despegues de los reactores militares del Ejercito del Aire de la base Aérea de Gando en sus salidas de la 03R, incumpliendo una vez más la Ley del Ruido y la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido. ¡COMO SIEMPRE AGRADECER A AENA Y FOMENTO ESTE REGALO ILEGAL Y MATUTINO QUE AFECTA AL MUNICIPO DE INGENIO EN PARTICULAR!.

miércoles, 26 de mayo de 2010

Ruido militar jugando al "gato y el ratón"


Hoy 26.05.10 a las 9.37 horas han vuelto a producirse los ruidos (innecesarios) de despegues y pasadas sobre este Municipio de Ingenio de los reactores del Ejercito del Aire de la Base Aérea de Gando en GCLP, y digo innecesario por que la pista de GCLP 03R es lo suficientemente larga como para no usar la postcombustión ya que esta su fin es proporcionar un incremento temporal en el empuje, en situaciones como el despegue, en el combate aéreo o en el vuelo supersónico. Esto se consigue inyectando combustible adicional en la tobera de escape de la turbina. Este combustible entra en ignición a causa de los gases de escape, muy calientes, y añade empuje al motor. La ventaja de la postcombustión es su incremento significativo del empuje; la desventaja es que el consumo de combustible es muy elevado e ineficiente, así que se emplea en períodos cortos.

Asi pues como vemos el uso de la misma supone un gasto excesivo de combustible además de la contaminación acústica que ello supone y por lo que en este caso va contra la Ley del Ruido y la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido.

Pero hoy la salida de estos cazas ha sido más singular que otros días ya que en vez de tirar "pal mar han tirao pa la montaña" y se han pasado bastante tiempo realizando el juego del "gato y el ratón" en un radio de 15 a 20 millas y en sentido lovógiro, teniendo como centro el aeropuerto GCLP, y en una cota de vuelo de entre FL100 y FL200 y además delatado por el ruido que emitían en cada una de las pasadas en círculo, que ellos llaman maniobras y todos entendemos que es despilfarro de combustible, de dinero, contaminación acústica y medio ambiental, aparte de molestias a la población civil.

Con estas maniobras sobre nuestras cabezas han afectado a la seguridad de los habitantes de los Municipios por los que han sobrevolado, con la gravedad de que uno de estos aparatos se caiga o que algún tipo de armamento también lo haga. ¡COMO VEMOS LA SEGURIDAD DE LA POBLACIÓN CANARIA AL EJERCITO DEL AIRE, A AVIACIÓN CIVIL, A FOMENTO Y A LOS CONTROLADORES LES IMPORTA MUY POCO!.

martes, 25 de mayo de 2010

Aena y Fomento complices del ruido militar


Hoy 25.05.10 a las 9.35 horas se han vuelto a dejar notar el estruendo de los motores de los cazas del Ejercito del Aire de la Base Aérea de Gando en GCLP. Como siempre superando con creces los decibelios permitidos por la Ley del Ruido y la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido.¡SIGUEN AENA, FOMENTO Y EJERCITO DEL AIRE EN GCLP BURLANDOSE DE LAS AÉREAS SENSIBLES AL RUIDO ANEXAS A DICHO AEROPUERTO!.

lunes, 24 de mayo de 2010

Ya vuelan bajo en todo lugar impunemente


Hoy 24.05.10 a las 12.45 horas el helicóptero Eurocopter EC-135-P2+ de la Policía Nacional, Ángel 27, en vuelo VFR ha volado en baja cota en la zona de San Cristobal y el complejo hospitalario Insular, como vemos parace que la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros no es para este tipo de helicóptero. ¡TODO ELLO HAY QUE AGRADECERSELO A AVIACIÓN CIVIL Y A LOS CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300, POR VELAR POR LA SEGURIDAD AÉREA Y LOS HABITANTES SOBRE LOS QUE VUELAN ESTOS APARATOS!.

Más ruido militar para las áreas sensibles al ruido anexas a CGLP


Hoy 24.05.10 en primer lugar a las 9.45 horas y con posterioridad a partir de las 14.55 horas, se han venido sucediendo ruidos que superan en decibelios a lo establecido por la Ley del Ruido y la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido, con pruebas de motores en estático y despegues de los reactores militares del Ejercito del Aire de la Base Aérea de Gando CGLP. ¡SE SIGUEN LUCIENDO AENA Y FOMENTO CON LA PROTECCIÓN DE LAS ÁREAS SENSIBLES AL RUIDO ANEXAS A GCLP!.

domingo, 23 de mayo de 2010

Helimer del Gobierno de Canarias bajísimo en VFR


Hoy 23.05.10 a las 15.15 horas el helicóptero Helimer del Gobierno de Canarias Bell 412 después de despegar de GCLP sobrevuela el espacio aéreo de Ingenio en dirección SW(visto pasar sobre la Jefatura de la Policía Local de Ingenio) en VFR y en cota muy inferior a la reglamentaria, infringiendo como siempre la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros. ¡COMO SIEMPRE TENEMOS QUE AGRADECER A AVIACIÓN CIVIL Y A LOS CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 EL ESMERO QUE PONEN EN LA SEGURIDAD DE LOS VUELOS VFR SOBRE ESTE MUNICIPIO!.

viernes, 21 de mayo de 2010

Aerotec no solo vuela bajo sino que también lo hace con ruido


Hoy 21.05.10 a las 11.51 horas la evioneta Piper PA-28R-200 Cherokee Arrow de la escuela de vuelo AEROTEC ha despegado del la 03L en GCLP para realizar vuelo de prácticas en el Sur. Después de despegar gira a la izquierda poniendo rombo SW y entrando en VFR en el espacio aéreo de Ingenio en cota inferior a la exigida por la Ley de Navegación Aérea, cota que infringe la seguridad del aparato y de la población sobre la que vuela.

Pero ya no solo vuela bajo sino que además lo hace metiendo ruido, parecía un Dumper volando, me parece que esa avioneta tiene mal el colector de escape con alguna fuga (asi vuela) o se le cayó el silencioso. Habría que ver si la MEL del aparato le permite volar o mirar si tiene el certificado de aeronavegabilidad de Aviación Civil en regla.

Ya no solo infringe la Ley de Navegación Aérea sino que tambien la Ley del Ruido y la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido. ¡UNA VEZ MÁS LOS RESPONSABLES DE LAS INFRACCIONES SON AVIACIÓN CIVIL, AENA, FOMENTO Y LOS CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300, CADA UNO EN LA MATERIA QUE LES COMPETE!.

En estático, en despegue y ahora en pasaditas


Hoy 21.05.10 a las 12.35 horas dos reactores militares de la Base Aérea de Gando, McDonnell Douglas F/A-18A Hornet (C.15), han realizado una pasadita ruidosa sobre GCLP antes de aterrizar. Ya no se conforman con los ruidos en estático o en los despegues sino que también con las pasaditas. Como siempre actuando contra la Ley del Ruido y la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido. ¡GRACIAS AENA Y FOMENTO POR TOLERAR EL RUIDO DEL EJERCITO DEL AIRE EN UN ÁREA SENSIBLE AL MISMO!.

Helisureste del Gobierno de Canarias en vuelo VFR de cota ilegal sobre el espacio aéreo de Ingenio


Hoy 21.05.10 a las 11.02 horas el helicóptero Bell 412 de Helisureste asignado al Gobierno de Canarias, procediendo del SW en vuelo VFR se dirige a GCLP en dirección NE sobrevolando el espacio aéreo del Municipio de Ingenio, en altitud ilegal de seguridad e infringiendo la Ley de Navegación Aérea y el reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros. ¡GRACIAS AVIACIÓN CIVIL, TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 POR SER TANB COSNCIENTES DE LA SEGURIDAD AÉREA!.

jueves, 20 de mayo de 2010

Cotos 23 B (Bravo) en cota ilegal sobre espacio aéreo de Ingenio


Hoy 20.05.10 a las 13.20 horas el helicóptero del Ejercito del Aire Aerospatiale AS 332B Super Puma (HD.21) "Cotos 23 Bravo", después de acceder al espacio aéreo de Ingenio por el Oeste, realiza vuelo VFR sobre el Municipio en dirección N3 y GCLP, en altitud de vuelo ilegal, para acceder cruzando la 03L y la 03R de el aeropuerto GCLP a la Bahía de Gando en cota de 500 pies e inferior para seguir realizando prácticas de vuelo en este nivel y zona. Con ello vuelven a infringir la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros con el consentimiento de la CONTROLADORA TOWER 118.300.

¡AGRADECEMOS LA PREOCUPACIÓN QUE OSTENTA AVIACIÓN CIVIL Y LOS CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 POR LA SEGURIDAD AÉREA EN EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO!.

martes, 18 de mayo de 2010

Ángel 27 Mike infringe la altura mínima de vuelo en espacio aéreo de Ingenio


Hoy 18.05.10 a las 13.10 horas el helicóptero de la Policía Nacional Eurocopter EC-135-P2+ (EC-KXE) con código de vuelo Ángel 27 M (Mike), procediendo del Sur de la isla y después de haber sido tranferido por approach 124.300 a tower 118.300, entra por la zona del Mondragón en el especio aéreo de Ingenio, en vuelo VFR de cota inferior a la de seguridad aérea, según la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros, sobrevolando Ingenio y Carrizal (lugar de notificación a tower 118.300 que nunca le exigió la altura mínima de seguridad de vuelo, pero si esta posición "sobre Carrizal"). Con posterioridad se le insta a que tome tierra en R10 (Romeo 10) y que posteriormente notifique liberación de tal punto, cosa que sucedio a las 13.15 horas. ¡GRACIAS A AVIACIÓN CIVIL, APPROACH 124.300 Y TOWER 118.300 POR VELAR POR LA SEGURIDAD AÉREA EN EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO, UNA VEZ MÁS!.

Aena y Fomento consentidores del ruido ejecutor del Ejercito del Aire en GCLP


Hoy 18.05.10 desde las 9.30 horas, una vez más se han vuelto a producir ruidos que afectan al Municipio de Ingenio com área sensible al ruido, dándose este al ejecutar los reactores militares de la Base Aéra de Gando en GCLP sus pruebas de motores en estático y posteriores salidas, infringiendo la Ley del Ruido y la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido.

Y seguimos preguntando ¿para qué tanta parafernalia matutina? ¿para proteger? ¿para proteger que?. En tiempo de crisis como los que estamos esto resulta altamente agraviante con tanto desempleo, recorte presupuestario, reducción de salarios y demás quites del gobierno de la nación, pero los gastos de combustible y el tema pecuniario de este apartado del Ejercito sigue vigente para "proteger" los bolsillos de tanto "galón", "poltrona" y "cartera ministerial" y todo ello a costa de los salarios de los de siempre. Bonito ejemplo tenemos que no solo despilfarra en combustible, sino que ademas contamina de forma medioambiental y acustica. ¡ASI SIGUE PROTEGIENDO AENA Y FOMENTO A LOS MUNICIPIOS SENSIBLES AL RUIDO!.

lunes, 17 de mayo de 2010

Salvamento Marítmo en cota bajísima sobre el espacio aéreo de Ingenio


Hoy 17.05.10 a las 20.40 horas el helicóptero de Salvamento Marítimo Sikorsky S-61N MkII ha sobrevolado el especio aéreo de Ingenio, concretamente sobre la zona de la Jefatura de la Policía Local, después de proceder de GCLP y dirigiéndose al SW en cota inferior a la permitida por la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros. ¡GRACIAS AVIACIÓN CIVIL CONTROLADOR TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 POR TOLERAR ESTE VUELO IRRESPONSABLE Y CONTRA LA SEGURIDAD AÉREA!.

viernes, 14 de mayo de 2010

Muchos "halcones" y pocos "pájaros"


Hoy 14.05.10 en horarios distintos, a saber: 9.22, 9.32, 12.50 y 13.30 horas se han venido sucediendo salidas ruidosas de los "halcones militares" (cazas o reactores) de la Base Aérea de Gando, aeropuerto de GCLP, contraviniendo la Ley del Ruido defendida por Aena y Fomento tienen por buenas para las áreas sensibles al ruido.

Al parecer tales salidas son para prácticas a 15 millas de las islas y entre los niveles de vuelo FL100 y FL200, con tanta altura esos "halcones" no conseguiran presa fácil. ¡Total que tanto ruido y pocas nueces, ¿Pa qué?!

Por ello seguiremos denunciando este tipo de ruido ya que AENA y FOMENTO una vez más han ignorando la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido y la propia Ley del Ruido. ¡ASI SIGUE PROTEGIENDO AENA Y FOMENTO A LOS MUNICIPIOS SENSIBLES AL RUIDO!.

jueves, 13 de mayo de 2010

Ruidos y decibelios militares para las áreas sensibles al mismo


Hoy a las 13.05.10 a las 9.25 y 9.45 horas salidas de los cazas militares del Ejercito del Aire de la 03R, incumpliendo una vez más la Ley del Ruido. ¡Vuele AENA y FOMENTO una vez más han ignorando la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido y la propia Ley del Ruido. ¡ASI SIGUE PROTEGIENDO AENA Y FOMENTO A LOS MUNICIPIOS SENSIBLES AL RUIDO!.

Más de helicópteros miliatares en vuelo VFR de cota ilegal


Hoy 13.05.10 a las 8.39 horas el helicóptero de la base aérea de Gando (GCLP) del Ejército del Aire Aerospatiale AS 332B Super Puma (HD.21) después de despegar de dicho lugar sobrevuela elespacio aéreo de Ingenio en dirección SW-S por debajo de la altura mínima de vuelo exigida por la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros. ¡UNA VEZ MÁS AVIACIÓN CIVIL, CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 Y PILOTOS SE LUCEN EN EL INCUMPLIMIENTO DE LAS LEYES, ATENTANDO CONTRA LA POBLACIÓN CIVIL DE ESTE MUNICIPIO!.

¡Más ruido por favor!


Ayer 12.05.10 a las 9.50 y a las 12.49 horas, salidas de cazas militares desde la 03R con el ruido clásico de estos reactores, pero que a su vez incuymplen y va en contra de la Ley del Ruido.

¡Con ello AENA y FOMENTO una vez más han ignorando la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido y la propia Ley del Ruido. ¡ASI SIGUE PROTEGIENDO AENA Y FOMENTO A LOS MUNICIPIOS SENSIBLES AL RUIDO!.


Editar artículo / Eliminar

martes, 11 de mayo de 2010

Ángel 27 de la Policía Nacional sobre el parque San Telmo en baja cota


Hoy 11.05.10 a las 13.40 horas, el helicóptero de la Policía Nacional Eurocopter EC-135-P2+ sobrevolaba la ciudad de Las Palmas en VFR dando varias pasadas y regreso sobre el Parque San Telmo a GCLP por debajo de mínimos. ¡UNA VEZ MÁS HAY QUE AGRADECER LA COLABORACIÓN DE TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300, Y COMO NO LA INESTIMABLE COMPLICIDAD DE AVIACIÓN CIVIL!.

Otra ración de decibelios patrocinado por el Ejercito del Aire, Aena y Fomento


Hoy 11.05.10 desde las 9.05 horas, y con el patrocinio del Ejercito del Aire, Aena y Fometo ha tenido el Municipio de Ingenio, área sensible al ruido, una ración de decibelios para no perder la costumbre por espacio de MÁS DE UNA HORA entre ensayo de motores en "dique seco" y la salida de tres cazas militares.¡GRACIAS AENA, FOMENTO Y EJERCITO DEL AIRE POR SER TAN CONCIDERADOS CON LOS CIUDADANOS DE ESTE MUNICIPIO!.

viernes, 7 de mayo de 2010

Ante la denuncia, discreción sonora


Hoy 7.05.10 a las 9.15 horas vuelven a volar los cazas, en este caso uno, que despega de la 03L dando potencia a los motores y con ello un aullido de decibelios sobre el Municipio de Ingenio (área sensible al ruido según AENA, vaya contradicción).

Y nos preguntamos, ¿por qué todos los días a estas horas y con esos decibelios? Algún mal pensado argumenta que es para ir a desayunar a otra de las islas de este archipélago, pues si contamos el gasto de combustible, la contaminación acustica, la contaminación ambiental y el desayuno......... ¡oiga, vaya desayuno más caro!.

¡DE TODAS FORMAS SEGUIREMOS TIRANDO DE LAS OREJAS A AVIACIÓN CIVIL Y A FOMENTO POR NO PROTEGER AL MUNICIPIO DE INGENIO COMO ÁREA SENSIBLE AL RUIDO!. Seguiremos informando.

jueves, 6 de mayo de 2010

Otro día, otra ilegalidad más



Hoy 6.05.10 a las 15.24 horas el helicóptero de la Policía Nacional MBB Bö105-CB cruza el especio aéreo del Municipio de Ingenio de Oeste a Este, sobrevolando la Jefatura de la Policía Local, en vuelo VFR BAJÍSIMO para dirigirse a su base en plataforma sur R10 del aeropuerto de GCLP. ¡UNA VEZ MÁS AGRADECER LA TOLERANCIA DE AVIACIÓN CIVIL, DE TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300!.

PD. A las 19.28 horas realiza el mismo tipo de vuelo VFR de BAJÏSIMA altura y en la misma dirección, también sobre la Jefatura de la Policía Local, su homónimo Eurocopter EC-135-P2+ (Ángel 27).

Vergonzosa actitud del Ejercito del Aire consensuada por AENA y FOMENTO: Más de 50 minutos soportando limites de 170 Decibelios de media en Ingenio


Hoy 6.05.10 desde las 9.35 y hasta las 10.25 horas se ha tenido que soportar el ruido de los reactores militares los cuales (tres en concreto) se dedicaron a calentar toberas y realizar pruebas de motores; el 1º calianta a 9.30 y sale a 9.36 horas despegando de la 03R, e 2º sigue calentando hasta 9.57 horas que despega a las 9.59 horas y el 3º se queda probando motores hasta las 10.25 horas en intervalos. Todo ello generando excesivo ruido ambiental y afectando al Municipio de Ingenio como área "sensible al ruido".

Realizando pruebas sonométricas en un radio de 500 metros y en las zonas de Las Puntillas, Majoreras (CEIP Barrio Costa), Centro de Salud de Carrizal y la Ubanización Vista Alegre (Burrero), la media del sonómetro alzanzaba 170 decibelios, llegando extremos de 200 decibelios.

Ante esto la actitud del Ejercito del Aire, es, ha sido y será en la respresentación de sus mandos, pilotos y mecánicos de total incivismo y desprecio a los habitantes del Municipio de Ingenio y de las Leyes del Ruido, todo ello consensuado por los Organismos de AENA y FOMENTO, que toleran y permiten estas propelias militares sin que haya guerra, conflicto o maniobras en la zona o las islas.

No obstante tanto la vía judicial civil como la vía administrativa e incluso la penal son válidas para encauzar las reclamaciones y denuncias en el amparo de la Ley del Ruido que tiene como objetivo prevenir, vigilar y reducir los niveles de contaminación acústica para evitar molestias y daños a la salud y al medio ambiente, y garantizar así los derechos constitucionales protegidos en relación con la emisión de ruidos molestos. Esta futura Ley prevé sanciones máximas de hasta 300.000 euros para las infracciones graves (las que superen los valores límite de ruido y perjudiquen el medio ambiente, la seguridad o salud de las personas).

No obstante, esta Ley restringe su ámbito de aplicación y excluye la contaminación acústica originada en la práctica de actividades domésticas o en las relaciones de vecindad siempre y cuando no exceda los límites tolerables de conformidad con los usos locales.

En cuanto a los aspectos que sí regula la Ley del Ruido, destaca la clasificación del territorio habitado español en áreas acústicas en función del predominio del uso del suelo: residencial, industrial, recreativo y de espectáculos, terciario distinto al anterior, sanitario y docente, afectado por infraestructuras de transporte y determinados espacios naturales. Para cada área acústica, el Gobierno fija unos objetivos de calidad teniendo en cuenta los valores de los índices de inmisión y emisión, el grado de exposición de la población y especialmente de los grupos sensibles, la sensibilidad de la fauna y de sus hábitats, la presencia de patrimonio histórico y la viabilidad técnica y económica.

También se fijan objetivos de calidad aplicables al espacio interior de las edificaciones destinadas a vivienda, usos residenciales, hospitalarios y educativos o culturales. Además, las ciudades de más 100.000 habitantes deberán elaborar un mapa de ruidos que ayudará a fijar y rebajar los límites de emisiones sonoras de cada zona.

¡VAMOS A TENER QUE COMPRAR UNOS CUANTOS SONÓMETROS PARA REPARTIR ENTRE EL EJERCITO DEL AIRE, AENA Y FOMENTO, PARA QUE VAYAN HACIENDO PRÁCTICAS O TRASLADEN LOS RUIDOS A CERCA DE SUS RESIDENCIAS RESPECTIVAS!.


PD. Volvieron a salir los cazas a las 15.17 horas.

miércoles, 5 de mayo de 2010

Reflexiones de mínima altura



Hay que ver como son las cosas, mejor dicho las situaciones, pues todo depende de quién y como. Digo esto porque ayer 5.05.10 entre las 16.30 y las 17.30 horas se encontraba la avioneta Cessna 172N Skyhawk 100 II de la escuela de vuelo AEROTEC de Salinetas, con indicativo "AEROTEC 530" realizando prácticas en la Bahía de Gando, consistentes en giros a derecha e izquierda, ascensos y descensos así como tomas y despegues. La cuestión es que cada vez que se iba a Bahía el controlador de turno de TOWER 118.300 le indicaba que mantiviera altitud de 1000 pies y notificaba este tráfico a todos los aviones que procedián viento en cola a base para aterrizar en ILS o en VFR.

¿Y porqué digo esto?. Sencillamente por que como dice el dicho "cada maestrillo tiene su librillo", en este caso debe de ser que cada controlador dispone de su propia Ley de Navegación Aérea según su parecer o circunstancia, o existen dos de estas leyes, una que aplica a rajatabla y otra que no aplica o no les da la gana de aplicar ya que en el caso que expongo, las prácticas en Bahía, o como sucede también cuando salen para realizar prácticas por N1 y N en dirección Norte de la isla les exige también cota de vuelo de 3000 pies o cuando vuelan las avionetas del Berriel con arrastre de cartel sobre Maspalomas, solo algunas veces exigen cota de vuelo mínima, dependiendo del tráfico de la zona, pero lo más asombroso es que NUNCA EXIGEN COTA DE VUELO NI A AVIONETAS, NI HELICÓPTEROS NI A CUALQUIER AERONAVE QUE SOBREVUELAN EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO, que deben volar como mínimo a 1000 pies en un radio de 600 metros y en relación al punto más alto del nivel del terreno en el avance del aparato. Entonces que pasa que el espacio aéreo de Ingenio ¿NO TIENE CONTROL o NO LO QUIEREN CONTROLAR? por que si es así estan indicando que la Ley la aplican según las zonas o según quien esté controlando el tráfico aéreo en TORRE o en APROXIMACIÓN y por otra parte la SEGURIDAD AÉREA sobre el espacio aéreo de Ingenio les importa muy poco o les importará cuando un accidente ponga de manifiesto este tipo de irregularidades por parte de los CONTROLADORES, AVIACÓN CIVIL Y LOS PILOTOS, pues cada uno de ellos conoce la Ley de Navegación Aérea, o al menos debe conocerla, para atenerse a ella. Si ese día llega y un accidente produce en cualquier parte del Municipio de Ingenio daños en bienes o en su población civil tengan por seguro que estas páginas que ahora leen, la cual lleva informando de VUELOS BAJOS DE TODO TIPO DE AERONAVES QUE SOBREVUELAN EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO DESDE EL AÑO 2006, serán como una losa EN LA ACUSACIÓN PARTICULAR POR NEGLIGENCIA EN LA APLICACIÓN EN LA LEY DE NAVEGACIÓN AÉREA POR PARTE DE LOS CONTROLADORES POR NO EXIGIRLA, LOS PILOTOS POR NO CUMPLIRLA A PESAR DE QUE NO LES SEA EXIGIDA POR EL CONTROL DE ZONA Y AVIACIÓN CIVIL POR TENER CONSTANCIA POR ESCRITO Y SER CONOCEDOR DE ESTE TIPO DE VUELOS, PERMITIÉNDOLOS Y NO TOMANDO CARTAS EN EL ASUNTO. Reflexión: "LA LEY ESTA HECHA PARA Y POR LA SEGURIDAD AÉREA Y PARA QUE TODOS, SIN EXCEPCIÓN, LA CUMPLAN". !Que así sea¡.

Más vueltitas a las Islas Canarias


Ayer 4.05.10 a las 9.17 horas el primer caza y a las 9.30 horas el segundo caza, despegaron de la 03L como cada mañana realizando ambas salidas bajo un fuerte ruido de motores al darles máxima potencia de despegue y con ello Aena y Fomento han vuelto a desproteger y descriminar a los Municipios de Ingenio, Telde y Agüimes permitiendo a la aviación militar lo que prohibe y limita a la civil: "El Ruido", superando todos ello con creces los decibelios permitidos por la Ley.

Con ello AENA y FOMENTO una vez más han ignorando la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido y la propia Ley del Ruido. ¡ASI SIGUE PROTEGIENDO AENA Y FOMENTO A LOS MUNICIPIOS SENSIBLES AL RUIDO!.

martes, 4 de mayo de 2010

Más militares en VFR sobre el espacio aéreo de Ingenio volando como les da la gana


Hoy 4.05.10 a las 12.55 horas el helicóptero del Ejercito del Aire de la Base Aérea de Gando Aerospatiale AS 332B Super Puma (HD.21) saliendo de la plataforma militar de GCLP ha puesto rumbo a Ingenio, entrando ilegalmente en su espacio aéreo al volar en VFR y en cota MUY inferior a la establecida por la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Helicópteros, sobrevolando las zonas de Moriscos, Malfú, La Berlanga y Barrios altos de Ingenio y dirigiéndose al Sur por Agüimes. ¡UNA VEZ MÁS HAY QUE FELICITAR POR EL ESPLÉNDIDO TRABAJO QUE ESTAN REALIZANDO AVIACIÓN CIVIL, PILOTOS Y CONTROLADORES AÉREOS DE TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 DE GCLP PARA CONTROLAR EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO!.
Editar artículo / Eliminar

Helicóptero de la Policía Nacional también vuela ilegal y VFR en Las Palmas


Hoy 4.05.10 a las 13.28 horas un helicóptero de la Policía Nacional MBB Bö105-CB realizaba evoluciones y giros en la zona de la Isleta para luego dirigirse al Sur pasando sobre San Telmo en VFR de cota bajísima, infringiendo la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Helicópteros. ¡GRACIAS CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 POR SER TAN PERSEVERANTES EN SU TRABAJO! ¿DÓNDE DICE QUE ESTÁ AVIACIÓN CIVIL?.

La Ley contra la Ley en vuelo VFR de cota baja sobre el espacio aéreo de Ingenio


Hoy 4.05.10 a las 10.35 horas sobrevuela la zona de La Berlanga el helicóptero de la Policía Nacional MBB Bö105-CB que procedía del aeropuerto GCLP, en vuelo VFR de cota inferior a la exigida por la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros, continuando su marcha hacia el Sur-Agüimes, para posteriormente regresar de la direccción anterior, sobre las 13.35 horas, dirigiendose también en VFR de cota ilegal al aeropuerto GCLP sobre la zona de La Berlanga, no sin antes dar unos giros de espera sobre la zona de Malfú y Majoreras. ¡GRACIAS POR INFRINGIR LAS LEYES AERONÁUTICAS CONTROLADORES TOWER 118.300, APPROACH 124.300 Y PILOTOS!.

lunes, 3 de mayo de 2010

Helisureste en vuelo VFR de conta inferior a la exigida en Ley



Hoy 3.05.10 a las 18.35 horas el helicóptero Bell 412 de Helisureste que preata servicio al Gobieno de Canarias 112, realiza una pasada de Norte a Sur, a la altura de la Jefatura de la Polocía Local, en vuelo VRF de cota inferior a la exigida por la Ley de Navegación Aérea y el reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros. ¡GRACIAS POR TU COLABORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA SEGURIDAD DEL ESPACIO AÉREO DE INGENIO CONTROLADORES APPROACH 124.300 Y TOWER 118.300!.

Paseitos isleños y matutinos de los "amigos" de AENA y Fomento


Hoy 3.05.10 a las 9.18 horas, Aena y Fomento han vuelto a desproteger y descriminar a los Municipios de Ingenio, Telde y Agüimes permitiendo a la aviación militar lo que prohibe y limita a la civil: "El Ruido", con la salida y desegue secuencial de dos cazas del Ejercito del Aire de la 03L, superando todos ello con creces los decibelios permitidos por la Ley.

Con ello AENA y FOMENTO una vez más han ignorando la Ley 55/99 de 29 de diciembre, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, en los procedimientos de disciplina de tráfico aéreo en materia de ruido y la propia Ley del Ruido. ¡ASI PROTEGE AENA Y FOMENTO A LOS MUNICIPIOS SENSIBLES AL RUIDO Y DA RIENDA SUELTA A LOS "AMIGOS" INSTITUCIONALES!.

Helicóptero de la Policía Nacional en Vuelo VFR de baja cota


Hoy 3.05.10 a las 9.02 horas el helicóptero de la Policía Nacional MBB Bö105-CB procedía de dirección Norte-Telde y en esa trayectoria sobrevuela en VFR el espacio aéreo del Municipio de Ingenio entrando desde la zona de los Moriscos, Malfú y Majoreas en BAJA COTA, por debajo de MíNIMOS y contra lo dispuesto en la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros, aterrizando en Plataforma Sur de GCLP. ¡GRACIAS POR TU COLABORACIÓN APPROACH 124.300 Y TOWER 118.300!.

domingo, 2 de mayo de 2010

Salvamento Marítimo en vuelo VFR en cota INFERIOR a la requerida en el espacio aéreo de Ingenio



Hoy 2.05.10 a las 8.38 horas, el helicóptero de Salvamento Marítimo Sikorsky S-61N MkII (EC-FZJ) despega de la plataforma sur, junto al hangar de 7 Islas, para realizar un giro a la izquierda y sobrevolar en VFR de cota INFERIOR a la requerida en el espacio aéreo de Ingenio desde la zona de Las Majoreras, Malfú, Circunvalación, El Satísimo y El Mondragón, poniendo rumbo SW-S- Agüimes. Una vez más la tolerancia de los controladores y la falta de cumplimiento de la Ley por parte de los pilotos al mando de la aeronave hacen que Aviación Civil sea un organismo consentidor de este tipo de vuelos que atentan contra la seguridad aérea y la de la población sobre la que vuelan, todo ello infringiendo la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros como ya es habitual en estas latitudes. ¡GRACIAS AVIACIÓN CIVIL POR VULNERAR LOS DERECHOS DE LOS QUE HABITAN BAJO EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO, GRACIAS CONTROLADORES TOWER 118.300 Y APPROACH 124.300 POR HACERLO EFECTIVO Y GRACIAS PILOTOS POR LLEVARLO A LA PRÁCTICA!.