jueves, 27 de febrero de 2014
El helicóptero de la Policía Nacional fuera del corredor Norte Sur, fuera del prodecimiento VFR de entrada a GCLP, fuera del plan de vuelo, fuera de las cartas VFR, atentando contra la seguridad del Municipio de Ingenio y el controlador de Torre fuera de juego, mejor dicho ausente del control de este espacio VFR de su ATZ
Hoy 27.02.2014 a las 13.30 horas el helicóptero de de la Policía Nacional Eurocopter EC-135-P2+ (EC-LTT) y con indicativo "Ángel 32M", en su regreso (sin emergencia ni servicio activado, solo regresa del paseo diario al sur) de su vuelo VFR del sur de la isla se salta el procedimiento del corredor Norte Sur volando en cota ilegal de altura (inferior a 300 pies pasando sobre la Jefatura de la Policía Local) en dirección Oeste Este para aterrizar en R10. De esta forma el piloto de la Policía Nacional se salta el procedimiento del pasillo VFR Norte Sur omitiendo su paso por N3 y N2 y volando en cota ilegal de altura al cruzar el casco urbano del Municipio de Ingenio fuera de éste corredor interior en contra de la seguridad aérea, el plan de vuelo, el procedimiento VFR de entrada a GCLP y las cartas de navegación VFR establecidas al efecto y todo ello con el consentimiento y la complacencia del controlador de turno de la Torre que vuelve a tener las cortinillas bajadas, los prismáticos sobre la consola y las pantallas de seguimiento sin visualizar ni seguir a pesar del transponder del helicóptero. ¿Así se controlan el ATZ y espacio VFR de Ingenio?.
A la vista del vuelo ilegal del piloto de la Policía Nacional, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N3 (punto de salida a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) y N2 (punto de notificación en 275734N 152756W).
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para salida al sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la salida de GCLP debe ser por N3 y luego tomar el punto de notificación N2 para seguir por S1 y S en su vuelo al sur de Gran Canaria. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N3 ni N2, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto de Salvamento Marítimo vuele como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡SIEMPRE SON LOS MISMOS AL QUE LOS PROCEDIMIENTOS LE IMPORTA MUY POCO (CONTROLADORES DE TORRE Y ESTE TIPO DE PILOTOS), MÁXIME CUANDO NO HAY EMERGENCIA ALGUNA Y TAN SOLO SE TRATA DE UN PASEO AL SUR DE IDA Y VUELTA COMO CADA DÍA!.
martes, 25 de febrero de 2014
Otro vuelo VFR, fuera del corredor Norte Sur y los procedimientos del ATZ y por supuesto del control de los señores de la Torre, del EC-LOD que vulnera y atenta contra la seguridad aérea del Municipio de Ingenio en un día con viento
Hoy 25.02.2014 a las 12.11 horas el helicóptero de INAER Agusta A-109E Power con matrícula EC-LOD y con indicativo "AH" despega de R10 para dirigirse al sur de la isla y sin hacer caso del plan de vuelo y del pasillo VFR Norte Sur pone rumbo NW nada más salir, pasando al sur de la montaña de Malfú, omitiendo N3 y N2 fuera del procedimiento del pasillo VFR Norte Sur, fuera del plan de vuelo y fuera de todo control por parte del Controlador de Torre y termina cruzando el Municipio de Ingenio de NE a SW en cota de muy baja altitud (menos de 300 pies de altura) sobre el IES de Ingenio en dirección al sur. ¿Vuelve el piloto del Inaer a saber realmente donde está el N3 y N2 y que es un plan de vuelo?. Lo que si está claro es que parece que la transferencia entre dependencias, controlador de Rodadura y controlador de Torre no existe en el control GCLP ya que el de Rodadura da un plan de vuelo, el de Torre se lo pasa por alto, no lo sigue ni corrige en su ATZ y el piloto del Inaer vuela por donde le place sin que los controladores de Torre controlen los planes de vuelo en su ATZ. ¿Para qué quieren el plan de vuelo, para justificar el sueldo a final de mes?
A la vista del vuelo ilegal del piloto de INAER, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N3 (punto de salida a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) y N2 (punto de notificación en 275734N 152756W).
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para salida al sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado sin saltarse el plan de vuelo, como es el caso, conociendo que la salida de GCLP debe ser por N3 y luego tomar el punto de notificación N2 para seguir por S1 y S en su vuelo al sur de Gran Canaria. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N3 ni N2, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto de Salvamento Marítimo vuele como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO, DENTRO DE LAS 5 MILLAS DEL ATZ DE GCLP, ES EL ÚNICO QUE NO QUIEREN CONTROLAR LOS CONTROLADORES DE TORRE SEGÚN SE VE DIARIAMENTE YA QUE SE INHIBEN EN SU CONTROL Y PERMITEN QUE SE INCUMPLA CON LOS PROCEDIMIENTOS Y PLANES DE VUELOS VFR DE FORMA ALEVOSA Y PREMEDITADA!.
lunes, 24 de febrero de 2014
El "Cotos" militar en el espacio aéreo de Ingenio incumpliendo con las normas y procedimientos del vuelo VFR, la seguridad aérea y el corredor Norte Sur en el ATZ del controlador de Torre que se inhibe de cumplir con el control que exige este mismo espacio aéreo
Hoy 24.02.2014 a las 13.39 horas el helicópteros Aerospatiale Super Puma H21 militar de la Base Aérea de Gando con indicativo "Cotos" en su regreso del sur de la isla entra en el espacio aéreo de Ingenio fuera del corredor Norte Sur en su vuelo VFR y en cota ilegal de altura vuela directamente sobre el caso urbano de Ingenio de Sur a Norte con intención de llegar a N3 pero saltándose el punto de notificación N2, tampoco llega a N3 ya que el controlador de Torre en el primer caso y la controladora de Torre en el segundo caso permite el vuelo de baja cota y fuera del corredor, saltándose el procedimiento de entrada a GCLP por N2 y N3 como está establecido y así consta en las cartas VFR de este corredor Norte Sur, para que aterricen en la plataforma militar en puerta Kilo. ¿Para qué quieren el pasillo VFR "EXCLUSIVO" militar? ¿Por qué ese empeño en atentar diariamente contra la vida y la seguridad de los habitantes de Ingenio?. Premeditación y alevosía de controladores y pilotos para vulnerar constantemente normas, leyes, reglamentos y procedimientos en el espacio aéreo de Ingenio en los vuelos y control del ATZ al oeste de la Torre. ¿A ver si tienen lo que hay que tener, controladores y pilotos, para hacerlo al este de la Torre?.
A la vista del vuelo ilegal del piloto militar, y el consentimiento de los controladores de Torre, a los que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur les importa bien poco ya que no siguen los vuelos que supuestamente controlan en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) ni de N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W)
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para el regreso del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por el punto de notificación N2 y luego tomar el punto de entrada N3. Todo ello como siempre con el descontrol de los controladores de Torre que conocedores de los planes de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones de los pilotos, permite que éstos se salten el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener los helicópteros transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, toleran y se inhiben para en su estado de pasotísmo y complacencia en el control aéreo los pilotos militares como y por donde quieran en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- Los pilotos además infringen lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡COMO SIEMPRE EL ATZ DEL ESPACIO AÉREO DE INGENIO FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE TORRE PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE SALTEN EL CORREDOR NORTE SUR, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE INGENIO ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN ESTE PASILLO EN SUS VUELOS VFR!.
jueves, 20 de febrero de 2014
Vuelo bajo sobre el IES de Ingenio del EC-LOD, lógicamente muy fuera del corredor Norte Sur y los controladores de Torre con las cortinas bajadas, los prísmáticos sobre la mesa y las pantallas sin control una vez más al igual que el espacio aéreo de Ingenio en su ATZ. ¡De pena que no sepan hacer su trabajo que es controlar!
Hoy 19.02.2014 a las 12.15 horas el helicóptero de INAER Agusta A-109E Power con matrícula EC-LOD y con indicativo "AH" despega de R10 para dirigirse al sur de la isla y sin hacer caso del plan de vuelo y del pasillo VFR Norte Sur pone rumbo NW nada más salir, pasando al sur de la montaña de Malfú, omitiendo N3 y N2 fuera del procedimiento del pasillo VFR Norte Sur, fuera del plan de vuelo y fuera de todo control por parte del Controlador de Torre y termina cruzando el Municipio de Ingenio de NE a SW en cota de muy baja altitud (menos de 300 pies de altura) sobre el IES de Ingenio en dirección al sur. ¿Vuelve el piloto del Inaer a saber realmente donde está el N3 y N2 y que es un plan de vuelo?. Lo que si está claro es que parece que la transferencia entre dependencias, controlador de Rodadura y controlador de Torre no existe en el control GCLP ya que el de Rodadura da un plan de vuelo, el de Torre se lo pasa por alto, no lo sigue ni corrige en su ATZ y el piloto del Inaer vuela por donde le place sin que los controladores de Torre controlen los planes de vuelo en su ATZ. ¿Para qué quieren el plan de vuelo, para justificar el sueldo a final de mes?
A la vista del vuelo ilegal del piloto de INAER, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N3 (punto de salida a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) y N2 (punto de notificación en 275734N 152756W).
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para salida al sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado sin saltarse el plan de vuelo, como es el caso, conociendo que la salida de GCLP debe ser por N3 y luego tomar el punto de notificación N2 para seguir por S1 y S en su vuelo al sur de Gran Canaria. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N3 ni N2, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto de Salvamento Marítimo vuele como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO, DENTRO DE LAS 5 MILLAS DEL ATZ DE GCLP, ES EL ÚNICO QUE NO QUIEREN CONTROLAR LOS CONTROLADORES DE TORRE SEGÚN SE VE DIARIAMENTE YA QUE SE INHIBEN EN SU CONTROL Y PERMITEN QUE SE INCUMPLA CON LOS PROCEDIMIENTOS Y PLANES DE VUELOS VFR DE FORMA ALEVOSA Y PREMEDITADA!.
jueves, 13 de febrero de 2014
El "amiguísmo" de los controladores de Torre con los pilotos de los helicópteros militares a los que permiten volar en cota de baja altitud y fuera del corredor Norte Sur en su regreso del sur de la isla, atentando contra la seguridad de los habitantes de Ingenio. ¿Para qué quieren el corredor VFR "exclusivo" militar?
Hoy 13.02.2014 a las 11.10 horas y a las 13.25 horas respectivamente los helicópteros Aerospatiale Super Puma H21 militar de la Base Aérea de Gando con indicativos "Cotos 21A" y "Cotos 21B" en su regreso del sur de la isla entran en el espacio aéreo de Ingenio fuera del corredor Norte Sur en sus vuelos VFR y en cota ilegal de altura vuelan directamente sobre el caso urbano de Ingenio de Sur a Norte con intención de llegar a N3 pero saltándose el punto de notificación N2, en ambos casos tampoco llegan a N3 ya que el controlador de Torre en el primer caso y la controladora de Torre en el segundo caso permite el vuelo de baja cota y fuera del corredor, saltándose el procedimiento de entrada a GCLP por N2 y N3 como está establecido y asi consta en las cartas VFR de este corredor Norte Sur, para que aterricen en la plataforma militar en puerta Kilo. ¿Para qué quieren el pasillo VFR "EXCLUSIVO" militar? ¿Por qué ese empeño en atentar diariamente contra la vida y la seguridad de los habitantes de Ingenio?. Premeditación y alevosía de controladores y pilotos para vulnerar constantemente normas, leyes, reglamentos y procedimientos en el espacio aéreo de Ingenio en los vuelos y control del ATZ al oeste de la Torre. ¿A ver si tienen lo que hay que tener, controladores y pilotos, para hacerlo al este de la Torre?.
A la vista de los vuelos ilegales de los pilotos militares, y el consentimiento de los controladores de Torre, a los que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur les importa bien poco ya que no siguen los vuelos que supuestamente controlan en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) ni de N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W)
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para el regreso del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por el punto de notificación N2 y luego tomar el punto de entrada N3. Todo ello como siempre con el descontrol de los controladores de Torre que conocedores de los planes de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones de los pilotos, permite que éstos se salten el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener los helicópteros transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, toleran y se inhiben para en su estado de pasotísmo y complacencia en el control aéreo los pilotos militares como y por donde quieran en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- Los pilotos además infringen lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡COMO SIEMPRE EL ATZ DEL ESPACIO AÉREO DE INGENIO FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE TORRE PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE SALTEN EL CORREDOR NORTE SUR, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE INGENIO ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN ESTE PASILLO EN SUS VUELOS VFR!.
lunes, 10 de febrero de 2014
¿Seguiran las cortinas de los cristales de la Torre de control bajadas?. Los helicópteros siguen sin hacer uso del procedimiento VFR del corredor Norte Sur y vuelan directamente sobre el casco urbano de Ingenio atentando contra la seguridad de sus habitantes. ¿Dónde están los controladores de Torre?
Hoy 10.02.2014, a las 15.40 horas el helicóptero de INAER Augusta Bell AB 412 con matrícula EC-HZD del servicio de emergencias del Gobierno de Canarias y con indicativo "AH 21" después de despegar de R10 y trás girar a izquierda pone rumbo SW pasando sobre la montaña de Malfú y todo el Municipio de Ingenio para salir por la zona de El Mondragón en su vuelo VFR de cota ilegal de altura para dirigirse a la isla de La Palma, todo ello sin hacer uso del procedimiento VFR del pasillo Norte Sur que consiste en salir a N3 (punto de salida de GCLP) y N2 (punto de notificación obligatorio), todo ello con la inhibición del controlador de Torre que no cumple con el plan de vuelo, el procedimiento, las normas, leyes y reglamentos operativos VFR, en otras palabras que pasa de controlar su ATZ al oeste de la Torre y espacio aéreo de Ingenio.
Repetimos: La Torre de control es el centro de un área imaginaria con forma de circunferencia o círculo que barca entre 5 y 8 millas, en este caso abarca el mar por el Este y los Municipios de Agüimes, Ingenio y Telde por el Sur, Oeste y Norte. Así tenemos que en el caso que nos ocupa que el corredor Norte Sur afecta a Agüimes e Ingenio y el punto de notificación N2 se encuentra en Telde al igual que el punto de acceso a GCLP N3 por los que obligatoriamente deben volar y proceder los vuelos VFR con altitud de 1000 pies.
Por otra parte al igual que el ATZ la Torre de control también es una superficie acristalada con visión libre de 360 grados, osea para "controlar visualmente" todo el ATZ (por eso también se usan prismáticos), pero que es lo que pasa en este caso la deformación profesional de los señores controladores de Torre es muy "sui géneris" ya que de la totalidad de la superficie acristalada el 45% de la misma se encuentra tapada con cortinas interiores menos el espacio de la puerta de salida a la escalera de emergencias y por ahí dudo mucho que controlen el ATZ al oeste de la Torre (si lo quiern comprobar solo tienen que acercarse a la GC1 y comprobarlo) y curiosamente se corresponde con la parte Oeste o poniente de la Torre y del ATZ, que casualidad la que corresponde al espacio aéreo del Municipio de Ingenio, con todo ello parece que a los controladores de Torre solo les preocupa y controlan lo que tiene delante de las narices, osea, las pistas 03L y 03R, el pasillo VFR NE y el SE y el exclusivo militar, lo demás en este caso el espacio aéreo de Ingenio lo hacen de "oídas" ya que ni se molestan en seguir los vuelos VFR de forma visual (tiene las cortinas bajadas) y mucho menos en las pantallas donde figuran las aeronaves con sus respectivos "transponders", entonces ¿para qué coño están en la Torre, para que las ventanas acristaladas y que coño controlan cuando permiten que se vulneren los procedimientos, reglas, normas y cartas de vuelo VFR en el ATZ al Oeste de la Torre?.
A la vista del vuelo ilegal del piloto de Inaer, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de de N3 (punto de salidada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) ni N2 (punto de notificación en 275734N 152756W).
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para el regreso del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por el punto de notificación N2 y luego tomar el punto de entrada N3. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto militar como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡COMO SIEMPRE EL ATZ DEL ESPACIO AÉREO DE INGENIO FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE TORRE PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE SALTEN EL CORREDOR NORTE SUR, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE INGENIO ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN ESTE PASILLO EN SUS VUELOS VFR!¡LEVANTA LAS CORTINAS DE LOS CRISTALES AL OESTE DE LA TORRE Y USA LOS PRISMÁTICOS PARA QUE HAGAS TU TRABAJO COMO DEBES CONTROLADOR DE TORRE!¡SIGUEN CIEGOS COMO TOPOS A PESAR DE TENER VENTANAS CON CRISTALES, PRISMÁTICOS Y PANTALLAS DE SEGUIMIENTO!.
sábado, 8 de febrero de 2014
Los controladores de Torre controlan el ATZ al Oeste de la Torre de "oídas", que curiosamente afecta al espacio aéreo del Municipio de Ingenio, al tener las cortinas de poniente de la Torre bajadas y pasar de la lectura de los transponders en pantalla
Hoy 8.02.2014, a las 8.50 horas el helicóptero de INAER Augusta Bell AB 412 con matrícula EC-HZD del servicio de emergencias del Gobierno de Canarias y con indicativo "AH" procedía del sur, probablemente de El Berriel (GCLB), y simulando proceder por el corredor Norte Sur (pasillo VFR interior) cruza el Municipio de Ingenio de Sur a Norte en cota de baja altitud y por la zona de El Carrión, Los Molinillos, El Sequero y a la altura de La Berlanga y de Aguatonas gira a la derecha 90 grados y se dirige a la montaña de Malfú para volar a la cabecera de la 03L y aterrizar en R10, todo ello sin llegar a N2 (punto de notificación cuyas coordenadas se dan a continuación y se encuentra en el Municipio de Telde y que geográficamente para llegar a éste hay que volar más al Norte y pasar el Barranco de Aguatona y el Barranco del Draguillo) y luego de llegar a N2 y en perpendicular al Este se encuentra N3 también en el Municipio de Telde y al Norte de la Torre y como siempre sin el control del responsable de Torre y el ATZ que le corresponde supervisar y controlar, cosa que no hace y además permite que el procedimiento de entrada a GCLP parar vuelos VFR sea omitido y no cumplido por este tipo de pilotos.
A saber: La Torre de control es el centro de un área imaginaria con forma de circunferencia o círculo que barca entre 5 y 8 millas, en este caso abarca el mar por el Este y los Municipios de Agüimes, Ingenio y Telde por el Sur, Oeste y Norte. Así tenemos que en el caso que nos ocupa que el corredor Norte Sur afecta a Agüimes e Ingenio y el punto de notificación N2 se encuentra en Telde al igual que el punto de acceso a GCLP N3 por los que obligatoriamente deben volar y proceder los vuelos VFR con altitud de 1000 pies.
Por otra parte al igual que el ATZ la Torre de control también es una superficie acristalada con visión libre de 360 grados, osea para "controlar visualmente" todo el ATZ (por eso también se usan prismáticos), pero que es lo que pasa en este caso la deformación profesional de los señores controladores de Torre es muy "sui géneris" ya que de la totalidad de la superficie acristalada el 45% de la misma se encuentra tapada con cortinas interiores menos el espacio de la puerta de salida a la escalera de emergencias y por ahí dudo mucho que controlen el ATZ al oeste de la Torre (si lo quiern comprobar solo tienen que acercarse a la GC1 y comprobarlo) y curiosamente se corresponde con la parte Oeste o poniente de la Torre y del ATZ, que casualidad la que corresponde al espacio aéreo del Municipio de Ingenio, con todo ello parece que a los controladores de Torre solo les preocupa y controlan lo que tiene delante de las narices, osea, las pistas 03L y 03R, el pasillo VFR NE y el SE y el exclusivo militar, lo demás en este caso el espacio aéreo de Ingenio lo hacen de "oídas" ya que ni se molestan en seguir los vuelos VFR de forma visual (tiene las cortinas bajadas) y mucho menos en las pantallas donde figuran las aeronaves con sus respectivos "transponders", entonces ¿para qué coño están en la Torre, para que las ventanas acristaladas y que coño controlan cuando permiten que se vulneren los procedimientos, reglas, normas y cartas de vuelo VFR en el ATZ al Oeste de la Torre?.
A la vista del vuelo ilegal del piloto de Inaer, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) ni de N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W).
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para el regreso del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por el punto de notificación N2 y luego tomar el punto de entrada N3. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto militar como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡COMO SIEMPRE EL ATZ DEL ESPACIO AÉREO DE INGENIO FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE TORRE PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE SALTEN EL CORREDOR NORTE SUR, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE INGENIO ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN ESTE PASILLO EN SUS VUELOS VFR!¡LEVANTA LAS CORTINAS DE LOS CRISTALES AL OESTE DE LA TORRE Y USA LOS PRISMÁTICOS PARA QUE HAGAS TU TRABAJO COMO DEBES CONTROLADOR DE TORRE!.
viernes, 7 de febrero de 2014
El "Cotos" militar fuera del corredor VFR Norte Sur sobrevuela el pueblo de Ingenio atentando contra la seguridad de sus habitantes. ¿Para qué quieren el pasillo exclusivo militar que les lleva al mismo lugar por el mar y la costa sin molestar a nadie?
Hoy 7.02.2014 a las 9.24 horas el helicóptero Aerospatiale Super Puma H21 militar de la Base Aérea de Gando con indicativo "Cotos" en su salida hacia el sur de la isla después de despegar de la plataforma militar giran a izquierda cruzando los QMSs de la o3R y la 03L y pasan directamente a rumbo NE - SW sobre la montaña de Malfú sin seguir el procedimiento del corredor Norte Sur, osea N3 y N2, de forma premeditada y sabiendo que el pasillo VFR Norte Sur les exige que se dirijan a N3 como punto de salida de GCLP y luego al punto de control y notificación VFR N2 en ese proceder hacia S1 ya que están en el espacio aéreo de Ingenio y ATZ de la Torre de control y de esta forma sobrevuela el casco urbano de todo el pueblo de Ingenio en su vuelo VFR muy por debajo de los 1000 pies saliendo del ATZ por El Mondragón, todo ello fuera del pasillo VFR Norte Sur y sin que el controlador de Torre de turno se inmute por que el piloto militar se salte el plan de vuelo, el procedimiento VFR y la seguridad aérea de los habitantes del Municipio de Ingenio.
A la vista del vuelo ilegal del piloto militar, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W)ni de N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W)
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para el regreso del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por el punto de notificación N2 y luego tomar el punto de entrada N3. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto militar como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡COMO SIEMPRE EL ATZ DEL ESPACIO AÉREO DE INGENIO FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE TORRE PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE SALTEN EL CORREDOR NORTE SUR, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE INGENIO ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN ESTE PASILLO EN SUS VUELOS VFR!.
jueves, 6 de febrero de 2014
El "Cuco" de la Guardia Civil vulnera el espacio aéreo y atenta contra la seguridad de Ingenio saltándose el procedimiento de entrada a GCLP para vuelos VFR con la inhibición del controlador de Torre en su trabajo de controlar el ATZ y espacio afectado del Municipio de Ingenio
Hoy 6.02.2014 a las 11.09 horas el helicóptero de la Guardia Civil MBB Bö105-CB (HU.15-31 / 09-123) con indicativo "Cuco", regresa del Sur en vuelo VFR y al ingresar en el espacio aéreo de Ingenio se salta el pasillo VFR Norte-Sur al entrar por la zona del Mondragón y dirigirse a GCLP para aterrizar en GCLP omitiendo paso por N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) y N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) volando de Oeste a Este cruzando todo el espacio aéreo de Ingenio en cota ilegal de altura, por debajo de 300 pies de altura, todo ello permitido y autorizado por el controlador de Torre 118.300 sin hacer uso del procedimiento de entrada N3.
A la vista del vuelo ilegal del piloto de la Guardia Civil, y el consentimiento del controlador de Torre, al que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur le importa bien poco ya que no sigue los vuelos que supuestamente controla en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W)ni de N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W)
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para llegada del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso ya que solo regresaba para aterrizar en el aeropuerto de Gran Canaria, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por el punto de notificación N2 y luego tomar el punto de entrada N3. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto militar como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡EL MUNICIPIO DE INGENIO SIGUE SUJETO A ATENTADOS DIARIOS CONTRA SU SEGURIDAD POR PARTE ESENCIALMENTE DE LOS CONTROLADORES DE TORRE QUE ESTANDO OBLIGADOS A CONTROLAR SU ATZ, EL DEL OESTE DE LA TORRE, OSEA INGENIO, LES CUESTA SEGUIR Y DIRIGIR A PESAR DE LA EXISTENCIA DEL PASILLO VFR NORTE SUR Y LOS PROCEDIMIENTOS BASTANTE CLAROS DE LAS CARTAS DE VUELO VFR A TAL FIN... SOLO HASTA QUE HAYA UN ACCIDENTE!.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)