jueves, 13 de febrero de 2014
El "amiguísmo" de los controladores de Torre con los pilotos de los helicópteros militares a los que permiten volar en cota de baja altitud y fuera del corredor Norte Sur en su regreso del sur de la isla, atentando contra la seguridad de los habitantes de Ingenio. ¿Para qué quieren el corredor VFR "exclusivo" militar?
Hoy 13.02.2014 a las 11.10 horas y a las 13.25 horas respectivamente los helicópteros Aerospatiale Super Puma H21 militar de la Base Aérea de Gando con indicativos "Cotos 21A" y "Cotos 21B" en su regreso del sur de la isla entran en el espacio aéreo de Ingenio fuera del corredor Norte Sur en sus vuelos VFR y en cota ilegal de altura vuelan directamente sobre el caso urbano de Ingenio de Sur a Norte con intención de llegar a N3 pero saltándose el punto de notificación N2, en ambos casos tampoco llegan a N3 ya que el controlador de Torre en el primer caso y la controladora de Torre en el segundo caso permite el vuelo de baja cota y fuera del corredor, saltándose el procedimiento de entrada a GCLP por N2 y N3 como está establecido y asi consta en las cartas VFR de este corredor Norte Sur, para que aterricen en la plataforma militar en puerta Kilo. ¿Para qué quieren el pasillo VFR "EXCLUSIVO" militar? ¿Por qué ese empeño en atentar diariamente contra la vida y la seguridad de los habitantes de Ingenio?. Premeditación y alevosía de controladores y pilotos para vulnerar constantemente normas, leyes, reglamentos y procedimientos en el espacio aéreo de Ingenio en los vuelos y control del ATZ al oeste de la Torre. ¿A ver si tienen lo que hay que tener, controladores y pilotos, para hacerlo al este de la Torre?.
A la vista de los vuelos ilegales de los pilotos militares, y el consentimiento de los controladores de Torre, a los que la seguridad aérea, el plan de vuelo y los procedimientos del pasillo VFR Norte Sur les importa bien poco ya que no siguen los vuelos que supuestamente controlan en el ATZ que afecta al espacio aéreo de Ingenio al Oeste del campo, estos han incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) ni de N3 (punto de entrada a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W)
2.- Volar en cota ilegal de altura, muy por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para el regreso del sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR aún con emergencia o servicio declarado, que no es el caso, sin saltarse el plan de vuelo, como si es el caso, conociendo que la entrada a GCLP debe ser por el punto de notificación N2 y luego tomar el punto de entrada N3. Todo ello como siempre con el descontrol de los controladores de Torre que conocedores de los planes de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones de los pilotos, permite que éstos se salten el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N2 ni N3, a pesar de tener los helicópteros transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, toleran y se inhiben para en su estado de pasotísmo y complacencia en el control aéreo los pilotos militares como y por donde quieran en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Reglamento Operacional de Vuelo de helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
8.- Los pilotos además infringen lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡COMO SIEMPRE EL ATZ DEL ESPACIO AÉREO DE INGENIO FUERA DE CONTROL POR PARTE DE LOS CONTROLADORES DE TORRE PERMITIENDO QUE SE VULNERE LOS PROCEDIMIENTOS Y SE SALTEN EL CORREDOR NORTE SUR, AFECTANDO A LA SEGURIDAD DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE INGENIO ANTE PILOTOS QUE DE FORMA PREMEDITADA EVITAN ESTE PASILLO EN SUS VUELOS VFR!.
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