El Supremo ordena reabrir la investigación del
accidente del helicóptero del SAR de 2014.
En la tragedia, ocurrida el 19 de marzo de
2014, fallecieron cuatro personas
CANARIAS7 Las Palmas de Gran
Canaria
Viernes, 29 enero 2021, 13:22
La Sala V, de lo Militar, del Tribunal Supremo ha ordenado la reapertura de
la investigación judicial del accidente de un helicóptero militar ocurrido en
aguas cercanas a Canarias el 19 de marzo de 2014, con cuatro víctimas mortales,
para que se practique una prueba pedida por una acusación particular y que fue
denegada en la instrucción, consistente en el examen por técnicos del INTA
(Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial) de los restos del aparato para
estudiar posibles causas de las roturas de los elementos de la aeronave y su
influencia o no en el siniestro.
La causa fue archivada por el Tribunal Militar Territorial Quinto en enero
de 2020 a propuesta del Juzgado Togado Militar Territorial número 52, que
instruyó la misma por la presunta comisión de delito contra la eficacia del
servicio, y que concluyó que los hechos no eran constitutivos de delito. Ambas
instancias se basaron fundamentalmente en el informe técnico realizado por la
Comisión para la Investigación Técnica de los Accidentes Aéreos Militares
-CITAAM- sobre el accidente que concedíó especial relevancia en lo acaecido al
factor humano.
La Sala estima el recurso de una de las acusaciones particulares y ordena
al Tribunal Militar Territorial Quinto que disponga la devolución de las
actuaciones al Juzgado Togado Militar Territorial número 52 para que continúe
la instrucción del sumario y proceda a la diligencia de prueba citada,
solicitada por el familiar de uno de los fallecidos, cuya práctica se considera
«pertinente, útil y procedente». Una vez que se practique esa prueba, el
Juzgado deberá decidir si procede instar o no de nuevo el sobreseimiento.
El accidente ocurrió en la mar, el 19 de marzo de 2014, por el helicóptero
«Superpuma» HD 21-10, del 802 Escuadrón del Ejército del Aire, adscrito al
Servicio Aéreo de Rescate, durante un vuelo de instrucción, resultando
fallecidos como consecuencia del mismo un capitán, dos tenientes y un sargento,
miembros de la tripulación de la citada aeronave.
La prueba que había sido denegada y que el Supremo entiende que debe
practicarse por su utilidad y pertinencia consiste en el requerimiento al INTA
(Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial) para que por sus servicios
técnicos «se proceda al análisis, examen, y cuantas pruebas considere
necesarias sobre los restos del helicóptero Súper Puma HD21-10 del Ejército del
Aire, siniestrado el día 19 de marzo de 2014, los cuales se encuentran
depositados a disposición judicial en las instalaciones de la Maestranza del
Aeródromo de Cuatro Vientos (Madrid), con el fin de determinar las posibles
causas de las roturas de los elementos de la aeronave y su posible influencia o
no en el siniestro acaecido y cuantas consideraciones estimen pertinentes»,
Para el alto tribunal, dicha prueba «está destinada a arrojar luz -más, si
cabe, dada la completa actividad instructora- sobre hechos que deben ser, dados
los desgraciados resultados que arrojó el accidente, esclarecidos de manera que
quede agotado, en la medida que la técnica lo permita, el conocimiento de las
causas que originaron dicho accidente, esclareciendo suficientemente tales
causas más allá de las hipótesis, a fin de despejar, en lo posible, cualquier
resquicio de duda acerca de lo ocurrido».
Añade el TS que «la prudencia y reflexión que exige el dictado -y, en este
caso, la confirmación- del sobreseimiento definitivo o libre, dados los efectos
de cosa juzgada que conlleva, impidiendo la subsiguiente iniciación de un
proceso con idéntico objeto, obliga a extremar las cautelas en orden a
descartar cualquier duda, por hipotética que pudiera resultar, acerca de los
factores causales que dieron origen al accidente eventualmente distintos al
factor humano, fundamentando así debidamente el juicio de certeza consecuente a
la apreciación inequívoca de no ser los hechos constitutivos de delito».
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