Ingenio 22.01.2018. Los próximos días 23 y 24 de enero se desarrollará en el archipiélago canario el Ejercicio DACEX-18, organizado por el Mando Aéreo de Combate (MACOM).
Se trata de un ejercicio de defensa aérea y de control del espacio aéreo, que tiene como objetivo el adiestramiento en las capacidades de mando y control y operaciones aéreas defensivas.
El ejercicio se llevará a cabo en tres fases: una fase de preparación y despliegue del personal y de los medios, una fase de desarrollo que se concentrará en el archipiélago canario, y una tercera fase de repliegue, en la que el personal y las aeronaves volverán a sus unidades de origen. Se pondrá a prueba la interoperabilidad del sistema de defensa aérea del archipiélago.
En el despliegue participarán aeronaves pertenecientes a las siguientes unidades del Ejército del Aire: Ala 11 (Base Aérea de Morón), Ala 15 y Ala 31 (Base Aérea de Zaragoza), Ala 46 (Base Aérea de Gando) y Grupo de Escuelas de Matacán (Base Aérea de Matacán). Además, se integrará la fragata de la Armada Álvaro de Bazán asignada al Mando de Defensa y Operaciones Aéreas (MDOA).
El mando y control se ejercerá desde el Centro de Operaciones Aéreas (AOC) del MACOM junto con los ARS (Air Control Center + RAP Production Center + Sensor Fusion Post) del Sistema de Mando y Control del archipiélago canario: Grupo de Alerta y Control, Escuadrilla de Circulación Aérea Operativa de Las Palmas y los escuadrones de vigilancia aérea número 21 y 22.
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Las continuas y falsas afirmaciones vertidas anónimamente por el responsable de este Blog, denominado ERSACHOPICO, jubilado residente en la Villa de Ingenio, entran gravemente en lo que el vigente Código Penal denomina en su artículo 205 como delitos de calumnias e injurias.
En cuanto a la pena tipificada, en el caso del delito de calumnias, la normativa española recoge que serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses. La pena para el delito de injurias graves hechas con publicidad, será de multa de seis a 14 meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.
Este término es definido en el artículo 211 del Código Penal cuando las injurias o calumnias “se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante”.
La normativa española recoge, además, qué pasaría si las injurias o calumnias son hechas con publicidad mediante alguno de los medios señalados anteriormente, indicando que “será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria”.
A pesar de que las difamaciones publicadas contra los profesionales que operan en el Aeropuerto de Gran Canaria, que se dedican a tareas como el salvamento de vidas humanas, la seguridad de las personas, el control aéreo de la aviación comercial o la formación de pilotos, carecen de todo rigor legal y normativo, suponen no obstante un grave atentado contra la seguridad aérea, al presionar públicamente a estos profesionales con la falsa denuncia por incumplimiento de supuestos "procedimientos" carentes de todo fundamento aeronáutico y normativo.
Todo ello se comunica a efectos de prevenir contra la repetición de los presentes delitos por terceras personas que pudieran hacer uso públicamente de la información contenida en este Blog.
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