CANAVIA 14 (CNA 14), LA EC-MXE |
VUELO ILEGAL VFR, GRAN CANARIA - EL BERRIEL: 21.01.2019, 8.53 horas como hora de despegue, la avioneta (SIRA) Tecnam P2002-JF Sierra de la escuela de pilotos CANAVIA con matrícula EC-MXE e indicativo "Canavia 14" (CNA 14) despega la pista 03L del aeropuerto de Gran Canaria (GCLP) para dirigirse en vuelo VFR e instrucción (pésima instrucción) al sur de la isla de Gran Canaria concretamente las zonas Bravo y Charlie y posterior aeropuerto de El Berriel (GCLB) con toma final en este aeropuerto a las 9.38 horas, saltándose previamente el punto de salida N3 y el punto de notificación N2 del pasillo VFR para seguir por S1 y S sin que el controlador irresponsable e impresentable de la Torre de Gran Canaria instruya, controle ni siga dicho vuelo ya que después de virar a izquierda vuela sobre el Municipio de Ingenio en baja cota de altitud de Norte a Sur. Si a este lo laman escuela de formación habría que preguntarse dónde se formaron los instructores de esta escuela de vuelo ya que más que formar e instruir hacen todo lo contrario infringir y cumplir con el procedimiento VFR del corredor civil atentando contra la seguridad de los habitantes de Ingenio que al final el único responsable es el control de la Torre que con sus contraventana para el sol bajadas no siguen de forma visual este vuelo y mucho menos con el transponder al oeste de la Torre de Gran Canaria.
PROCEDIMIENTO DE INCAPACIDAD PROVISIONAL PARA APLICAR A LOS CONTROLADORES DE LA TORRE EN GRAN CANARIA.
El Reglamento de la Unión Europea 2015/340 regula, en uno de sus anexos, tanto las condiciones en que las licencias son válidas para ejercer la profesión de controlador aéreo, como los mecanismos por los cuales dichas licencias pueden quedar en suspenso de forma provisional.
Procedimiento de incapacidad provisional derivado del Reglamento 2015/340 ATCO.A.015, para aplicar cuando un controlador se encuentra en cualquiera de de las siguientes situaciones:
1.- Desviándose REITERADA e INJUSTIFICADAMENTE de la aplicación de los procedimientos del Manual Operativo, en situaciones de normalidad operativa.
2.- Prestando el servicio sin una conciencia situacional adecuada, y que pueda afectar al desarrollo seguro, eficaz y sostenible del transporte aéreo, también en situaciones de normalidad operativa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario