lunes, 30 de septiembre de 2013
Vuelve a las andadas el piloto de Salvamento Marítimo ("Helimer 01L") y el controlador de Torre en el vuelo de uno y el control del otro en el ATZ que afecta al Municipio de Ingenio
Hoy 30.09.2013 a las 19.38 horas, el helicóptero de Salvamento Marítimo Sikorsky S-61N MkII, con matrícula EC-FVO y con indicativo "Helimer 01L" de la empresa INAER sobrevuela el espacio aéreo de Ingenio después de despegar de R10 y dirigirse en su vuelo VFR nocturno de NE a SW con dirección al sur en cota inferior a los 1000 pies y cruzando todo el pueblo.
A la vista del vuelo ilegal del piloto de Salvamento Marítimo, este ha incumplido en entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N3 (punto de salida a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) y N2 (punto de notificación en 275734N 152756W).
2.- Volar en cota ilegal de altura, por debajo de 1000 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para salida al sur sabiendo que debe atenerse a los procedimientos VFR sin emergencia ni servicio declarado saltándose el plan de vuelo, como es el caso, conociendo que la salida de GCLP debe ser por N3 y luego tomar el punto de notificación N2 para seguir por S1 y S en su vuelo al sur de Gran Canaria, concretamente a Arguineguín por espacio de dos horas. Todo ello como siempre con el descontrol del controlador de Torre que conocedor del plan de vuelo, del procedimiento VFR para el vuelo del corredor Norte Sur y las intenciones del piloto, permite que éste se salte el plan de vuelo y sobrevuele el Municipio de Ingenio de forma ilegal, tanto en altura como en rumbo sin pasar por N3 ni N2, a pesar de tener el helicóptero transponder asignado y tener seguimiento en la pantalla, tolera y se inhibe para en su estado de pasotismo y complacencia en el control aéreo el piloto de Salvamento Marítimo vuele como y por donde quiera en contra de la Seguridad Aérea y la de los habitantes del Municipio de Ingenio.
4.- Los helicópteros, como cualquier aerodino que tenga el instrumental necesario para el vuelo por instrumentos puede volar de noche. El vuelo nocturno DE TRAVESÍA se considera vuelo IFR, pero también existe el vuelo VFR nocturno que sólo puede ser local dentro del ATZ del aeródromo de salida.
5.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
6.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
7.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
9.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
A las 21.38 horas regresa del sur por el pasillo visual militar directo a bahía para aterrizar en R10.
P.D:. http://youtu.be/yBkT3S6Xdt4
¡AHORA VAS Y LE PIDES A YOUTUBE QUE RETIRE EL VIDEO PARA QUE NO SE VEA LAS TROPELÍAS AÉREAS QUE SE PRODUCEN EN EL ATZ Y ESPACIO AÉREO DE INGENIO POR PARTE DEL PILOTO DE SALVAMENTO MARÍTIMO Y DEL CONTROLADOR DE TORRE!.
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