jueves, 19 de junio de 2014
El controlador de Torre y el piloto militar jugando al despiste con el plan de vuelo para volar infringiendo el procedimiento VFR sobre el espacio aéreo de Ingenio
Hoy 19.06.2014 a las 9.15 horas, el helicóptero el helicóptero Aerospatiale Super Puma H21 militar de la Base Aérea de Gando con indicativo "Cotos 22A" sobrevuela el espacio aéreo de Ingenio de NE a SW después de despegar de puerta Kilo en la plataforma militar con indicación del controlador de Torre de proceder con giro a izquierda para N3 y N2 sin más. Ese era el plan de vuelo pero el piloto se lo salta y evita N3 y N2 y toma rumbo hacia el sur de la isla de forma premeditada y consentida por el controlador que sabiéndolo no le corrige el rumbo a dicho aparato. Lo curioso es que lo suelen hacer siempre, será para despistar, dicen una cosa y hacen otra pero aún así son cazados volando de forma ilegal sobre el Municipio de Ingenio y fuera del corredor Norte Sur.
A la vista del vuelo ilegal del piloto militar, este ha incumplido con la vista gorda del controlador de Torre entre otra cosas:
1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N3 (punto de salida de GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) y N2 (punto de notificación en 275734N 152756W).
2.- Volar en cota ilegal de altura, por debajo de 450 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).
3.- Volar en el lugar no adecuado para dirigirse al centro de la isla sabiendo que no está cumpliendo con el procedimiento VFR del pasillo Norte Sur ni con el plan de vuelo asignado ya que directamente vuela a sur sin que el controlador de Torre corrija el vuelo de dicho helicóptero militar sabiendo y conociendo que lo hace fuera del corredor visual dentro de su ATZ de control y de las indicaciones dadas espacio aéreo de Ingenio.
4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.
5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.
6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.
7.- Infringe el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros.
8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.
9.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.
¡LA CONFIANZA DA ASCO MÁS SI CABE SI CON ELLO SE ALTERA ASPECTOS COMO EL PLAN DE VUELO POR PARTE DEL PILOTO, LA FALTA DE CONTROL Y PERMISIVIDAD POR PARTE DEL CONTROLADOR DE TORRE Y TODO ELLO AFECTA A LA SEGURIDAD AÉREA Y LA DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE INGENIO!.
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