EL EC-LCH CON INDICATIVO "REECLCH"
EN SU SALIDA CON VIRAJE A LA IZQUIERDA DEL CAMPO DESPUÉS DE DESPEGAR DE LA FATO ECHO PARA DIRIGIRSE AL SUR DE LA ISLA A LA ZONA DE MOGÁN SIN CUMPLIR CON EL PROCEDIMIENTO VFR DEL PASILLO VFR CIVIL Y CARTA VFR DE GRAN CANARIA AL NO NOTIFICAR NI PASAR POR EL PUNTO VFR "W" DE PILETLLAS EN CUATRO PUERTAS NI HACER USO DEL RUMBO 222º DE "W" A "S1" POR LO QUE SOBREVUIELAN LOS HABITANTES Y ZONAS HABITADAS DE INGENIO DE NORTE A SUR A LAS 19.36 HORAS POR DEBAJO DE LA ALTITUD OBLIGATORIA PARA VUELOS NVFR (NOCTURNO) DE 2000 PIES SOBRE POBLACIÓN URBANA, CONTINUANDO HACIA MOGÁN SIN TAMPOCO PASAR NI NOTIFICAR EL PUNTO VFR "S1" DE MESILLA DE SAMARÍN.
DESDE MOGAN PONEN RUMBO NUEVAMENTE A LAS PALMAS FUERA DEL PROCEDIMIENTO VFR DEL PASILLO VFR CIVIL Y CARTA VFR DE GRAN CANARIA AL OMITIR LA NOTIFICACIÓN Y EL PASO DEL PUNTO VFR "S12 DE MESILLA DE SAMARÍN Y FUERA DEL RUMBO 042º DE "S1" A "W" VOLANDO POR EL OESTE DEL MUNICIPIO DE INGENIO A LAS 20.19 HORAS Y CONTINUANDO HACIA EL NORTE SIN LA NOTIFICACIÓN NI EL PASO POR EL PUNTO VFR "W" DE PILETILLAS EN CUATRO PUERTAS NI EL PUNTO VFR "N1" DEL ESTADIO PABLO HERNÁNDEZ EN TELDE.
DE REGRESO AL AEROPUERTO DE GRAN CANARIA DESPUÉS DE LA SALIDA PARA HACER HORAS DE VUELO A COSTA DEL ERARIO PÚBLICO, SIN BÚSQUEDA, RESCATE, EMERGENCIA NI TRASLADO, REGRESAN EN VUELO VFR HACIA EL AEROPUERTO DE GRAN CANARIA A TRAVÉS DEL ESPACIO AÉREO DEL MUNICIPIO DE INGENIO FUERA DEL PROCEDIMIENTO VFR DEL PASILLO CIVIL OMITIENDO LAS NOTIFICACIONES Y EL PASO POR EL PUNTO VFR "N1" DEL ESTADIO PABLO HERNÁNDEZ EN TELDE, EL PUNTO VFR "W" DE PILETILLAS EN CUATRO PUERTAS Y EL RUMBO 222º DE "W" A "S1" Y SOBRE EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO PARA SOBREVOLAR A LOS HABITANTES Y ZONAS HABITADAS DE INGENIO DE NORTE A SUR A LAS 20.46 HORAS DESDE LOS MORISCOS, MARFÚ, INGENIO Y CARRIZAL EN COTA ILEGAL E INFERIOR A LOS 2000 PIES DE ALTURA OBLIGATORIOS PARA VUELOS NVFR (NOCTURNO) SOBRE POBLACIÓN URBANA PARA CONTINUAR HACIA EL MUBNICIPIO DE AGÜIMES Y REALIZAR UNA APROXIMACIÓN VISUAL (PROHIBIDA DESPUÉS DEL OCASO SOLAR EN GARNA CANARIA DE LAS 19.28 HORAS) CORTA VIENTO EN COLA IZQUIERDA A LA FATO JULIET PARA ATERRIZAR A LAS 20.47 HORAS, ESTANDO EL CAMPO EN CONFIGURACIÓN VIENTO EN COLA DERECHA Y TENENDO UN PASILLO VFR OPERACIONAL QUE NO USA.
¡INGENIO NO ES ZONA DE SALIDAS NI APROXIMACIÓNES Y MUCHO MENOS PARA VUELOS VFR QUE TAMPOCO CONSTAN COMO TAL EN LAS CARTAS VFR DE GRAN CANARIA!
¡HAY QUE SER SINVERGÜENZAS Y PARÁSITOS DE SALVAMENTO MARÍTIMO PARA ELUDIR LOS SERVICIOS REALES Y ESCONDERSE COMO CARACOLES Y SOLO SALIR EN HORAS DE LA TARDE - NOCHE PARA INVENTAR SALIDAS DIARIAS PARA HACER HORAS DE VUELO Y QUEMAR COMBUSTIBLE, SIN MISIONES, EMERGENCIAS, TRASLADOS NI BÚSQUEDAS, LO QUE RESULTA EL 99 % DE TODAS SUS SALIDAS, TODO UN EJEMPLO DE LA PICAREZCA ESPAÑOLA PARA "ROBAR" DEL ERARIO PÚBLICO DEL GOBIERNO DE CANARIAS! ¡QUE LOS PILOTOS Y RESPONSABLES DE SALVAMENTO MARÍTIMO PAGUEN LO QUE GASTAN O SE LO DESCUENTEN DEL SUELDO Y LO DEVUELVAN A LAS ARCAS CANARIAS!.
https://www.marinetraffic.com/en/ais/home/centerx:-15.418/centery:27.925/zoom:14
https://webtrak.emsbk.com/lpa1
¡DÉJENSE DE VUELOS SIMULADOS, BÁJENSE DEL HELICÓPTERO Y QUÉDENSE EN TIERRA Y ASÍ NO DESPILFARRAN COMBUSTIBLE Y DINERO DEL ERARIO PÚBLICO DEL GOBIERNO DE CANARIAS!. ¡HABRÁ QUE HACERLE PAGAR EL GASTO DE COMBUSTIBLE QUE GASTA EL HELICÓPTERO O QUITÁRSELO DEL SUELDO PORQUE SERVICIO NO HACE NINGUNO, SOLO SALE DE PASEOS EN LA TARDE - NOCHE!
6.- PUNTO S1 LO HAN TRASLADADO A LA MESILLA DE SAMARÍN.
2.- Que los controladores aéreos de Torre y Aproximación si ya antes no lo controlaban el ATZ en los puntos N2 y N3 como PROCEDIMIENTO VFR DEL PASILLO CIVIL en los vuelos VFR en esta zona del ATZ AHORA LO HARÁN MENOS con punto W...¡Y A ESTO LLAMABAN CONTROLAR EL ATZ AL OESTE DE LA TORRE, ¿QUIÉN, CÓMO Y CUANDO?! ¿ESTABAN MUY ESTRESADOS LOS SEÑORES CONTROLADORES DE TORRE POR CONTROLAR ESTE ATZ?.
Como se ve a los señores de ENAIRE, INSTRUCTORES, ESCUELAS DE VUELO, MILITARES Y CONTROLADORES AÉREOS NUNCA LE HAN IMPORTADO LA SEGURIDAD AÉREA EN SU ATZ Y CON ESTE CAMBIO SIGUEN DEMOSTRANDO QUE LES IMPORTA MENOS...EL DÍA QUE SE PRODUZCA UN ACCIDENTE SOBRE ESTE MUNICIPIO SE LES SENTARÁ EN EL BANQUILLO PARA QUE LUEGO NO DIGAN QUE NO SE LES ADVIRTIÓ DE LO QUE ESTABA SUCEDIENDO EN ESTA PARTE DEL ATZ DESDE HACE MUCHOS AÑOS YA... ¡SALIERON DE GUATEMALA Y SE METIERON EN GUATAPEOR!... Y LUEGO DICEN CON LA BOCA LLENA QUE SE PREOCUPAN POR LA SEGURIDAD, COMO NO SEA LA DEL PUESTO DE TRABAJO DE ELLOS LO DUDAMOS MUCHO A ESTAS ALTURAS...¡QUEDAMOS A LA ESPERA DE MURPHY Y SE SEGUIRÁ VIGILANTE Y DENUNCIANDO TODAS LAS TROPELÍAS QUE SE COMETAN SOBRE EL ESPACIO AÉREO DE INGENIO POR PARTE DE ESCUELAS DE VUELOS, INSTRUCTORES, MILITARES, FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD, EMERGENCIAS Y CONTROLADORES AÉREOS!.
a) Exponer las razones de interés general que justifican la necesidad de volar por debajo de las alturas mínimas a que se refiere SERA.3105.
b) Identificar las alturas mínimas o los niveles mínimos a las que sería necesario sobrevolar los lugares previstos en SERA.3105, así como las condiciones de seguridad operacional en que se realizarían los sobrevuelos a dichas alturas, resultantes del análisis de riesgo y establecimiento de medidas mitigadoras realizado por el operador.
2.- Asegurar que el trabajo en la torre de control se realiza eficazmente.
3.- Garantizar que la supervisión y la instrucción se ejercen eficazmente.
4.- Velar por el correcto proceder del personal en la torre de control.
El Reglamento de la Unión Europea 2015/340 regula, en uno de sus anexos, tanto las condiciones en que las licencias son válidas para ejercer la profesión de controlador aéreo, como los mecanismos por los cuales dichas licencias pueden quedar en suspenso de forma provisional.
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