lunes, 23 de enero de 2017

AGUJERO NEGRO EN LA SEGURIDAD Y LOS PROCEDIMIENTOS VFR DEL ATZ/CTR DE LOS CONTROLADORES DE TORRE Y APROXIMACIÓN PARA EL CORREDOR VFR NORTE SUR: Procedimiento no permitido en configuración Norte de las pistas 03L y 03R que los controladores de Torre aplican a diestro y siniestro para los vuelos visuales del corredor Norte Sur en su ATZ por ahorrarse trabajo, no siendo una aproximación establecida en ninguna carta de vuelo VFR ni para helicópteros, ni para aviones militares ni para escuelas de vuelo y algún que otro comercial

Ingenio 23.01.2017, a vueltas con los vuelo VFR y especialmente las autorizaciones de los controladores de Torre de Gran Canaria, hay que decir que al Oeste de  la Torre de Gran Canaria donde se encuentra inmerso el Municipio de Ingenio afectado por el corredor VFR Norte Sur y  sus puntos N2 de notificación y N3 de salidas y arribadas de GCLP para estos vuelo VFR, todo ello englobado en el ATZ controlado por los controladores de Torre y parte del CTR controlado por los controladores de Aproximación. Entre unos y otros ninguno controla su zona de forma eficiente ni profesional según indica el PROCEDIMIENTO VFR DE ESTE CORREDOR, por lo que desde el año 2006 que se realiza seguimiento del proceder de estos controladores y vuelos VFR sobre Ingenio, estos señores siguen actuando de igual manera AL MARGEN DE LA LEY DE NAVEGACIÓN AÉREA, EL REGLAMENTO DE NAVEGACIÓN AÉREA Y LOS PROCEDIMIENTOS VFR ESTABLECIDOS.




LLEGADAS: Las aeronaves en VFR con destino Gran Canaria AD establecerán contacto radio con APP en los puntos de notificación N (Playa de las Canteras), NE, SE y S (Cementera) y solicitarán permiso para utilizar los pasillos VFR, en los que mantendrán una ALT MAX de 1000 ft AGL/AMSL, o para proceder a los puntos N-1 (Potabilizadora),N-2 y S-1. El punto N-3 (al través de TWR) únicamente es utilizable desde N-2 y solamente para tráficos con destino Gran Canaria AD. Antes de entrar en la CTR, los pilotos notificarán su posición y altitud y solicitarán instrucciones. En algunos casos, se autorizará a las aeronaves a efectuar esperas sobre los puntos de notificación N (Playa de las Canteras), NE, SE y S (Cementera), antes de obtener el permiso definitivo de entrada a la CTR. Dentro del ATZ, TWR podrá autorizar esperas en N-3 o en el circuito de tránsito de AD. FALLO DE COMUNICACIONES: Las aeronaves con fallo de comunicaciones entrarán en la CTR extremando el cumplimiento de las Reglas de Vuelo Visual. - Pasillos NE y SE: ALT MAX 500 ft AGL/AMSL y proceder al Este de la TWR. - Pasillos N y S: ALT MAX 1000 ft AGL/AMSL y proceder al Oeste de la TWR. En ambos casos se mantendrán a la espera de recibir señales visuales desde la TWR. 

OBSERVACIONES: - En ningún caso se cruzará el eje de pista ni su prolongación sin autorización de APP o TWR - PAPI (MEHT): RWY 03L: 3º (60 ft) 21R: 3º (81 ft) RWY 03R: 3º (67 ft) 21L: 3º (70 ft) - A título informativo, se incluyen las coordenadas geográficas de los puntos: 

N: 281005N 0153114W 
N-1: 280218N 0152525W 
N-2: 275734N 0152756W 
N-3: 275628N 0152447W 
NE: 280245N 0150157W 
SE: 274423N 0150444W 
S: 274353N 0154222W 
S-1: 275036N 0153114W 

De lo expuesto, en lo que al Municipio de Ingenio se refiere, los controladores de Torre y Aproximación NO INSTRUYEN, SIGUEN, CORRIGEN NI CONTROLAN NINGUNO DE LOS VELOS VFR AL OESTE DE LA TORRE DENTRO DE USUS RESPECTIVOS ATZ Y CTR Y QUE TENGA COMO ORIGEN DE SALIDA Y ARRIBADAS GCLP PARA EL SUR Y DESDE EL SUR DE LA ISLA, PERMITIENDO QUE:

1.- Los pilotos se salten los planes de vuelo.

2.- Las escasas instrucciones que puedan dar estos señores controladores de Torre son nulas en las arribadas y no se ratifican en las dadas por el control de Rodadura en las salidas.

3.- Los pilotos y sus aeronaves, sin que los controladores de Torre intervengan en ningún sentido del control, realizan esperas y órbitas extendiéndose hacia el sur saliéndose de la zona de N3 muy al sur afectando estas al Municipio de Ingenio por hacerlas en cota de muy baja altura y fuera del mencionado punto de esperas y órbitas.

4.- Los pilotos y sus aeronaves siempre vuelan muy por debajo de los 1000 pies que dispone las Reglas de Vuelos Visuales y el  Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas a una altura inferior a la de seguridad. 

Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave.

5.- N3 no es ningún VOR, DME, NDB ni TACAN como para que las aeronaves lleguen a este punto y libremente prosigan viento en cola izquierda por la instrucción del controlador de Torre para aterrizar en la 03L o 03R en configuración Norte de las pistas.

Por otra parte se viene realizando operaciones de aterrizajes después de proceder por el corredor VFR Norte Sur, bien procediendo desde el Norte como del Sur en los siguientes extremos. Una vez llegados a N3 punto de entrada, y esperas VFR para GCLP,  todas las aeronaves son permitidas y autorizadas para que vuelen sobre el Municipio de Ingenio en viento en cola izquierda, un procedimiento asumido por los señores controladores de Torre de forma automática por conveniencia de estos y que no se establece en ningún procedimiento de aproximación en configuración viento en cola derecha de las pistas de GCLP, que contraviene:

1.- El procedimiento VFR de acceso a GCLP, ya que solo se establece como punto de entrada N3 y todas las aeronaves deben cruzar los QMSs de la 03L y la 03R para acceder a Bahía y viento en cola derecha, que es el procedimiento para configuración Norte de dichas pistas.

2.- El viento en cola izquierda NO ES LA APROXIMACIÓN destinada a vuelos VFR para la configuración Norte de las pistas 03L ni la 03R y mucho menos para las FATOS ya que el nuevo procedimiento de los helicópteros se deben hacer los aterrizajes en las mencionadas pistas.

3.- Procedimientos estos que los controladores de Torre están realizando para beneficio propio y quitarse trabajo de encima a costa de la Seguridad Aérea y la de los habitantes de Ingenio para todo tipo de aeronave, no encontrándose recogido en ninguna carta de vuelo VFR ni procedimiento VFR con configuración Norte de las pistas.

4.- Procedimiento éste que según el rumbo que tome los señores pilotos en su viento en cola izquierda afecta a los barrios de  Malfú, Lomo Solís, Lomo Cardón, Las Majoreras, Las Puntillas, Barrio Nuevo, El Toril, La Capellanía (Zona del IES de Carrizal) y la Jurada por parte de Carrizal y Cercado Grande, La Hoyeta, Cuesta Caballero (Zona del IES de Ingenio), El Cristo y La Montañeta por parte de Ingenio, por la altura de vuelo obligatoria expuesta anteriormente ya que los helicópteros, aviones militares, avionetas de escuelas de vuelo y privadas vuelan siempre por debajo de 300 pies de altura y algún que otro avión comercial.

¡APLIQUEN LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL CORREDOR NORTE SUR DE IGUAL Y ESTRICTA MANERA Y CON LA MISMA PREDISPOSICIÓN CON EL QUE EFECTÚAN EL RESTO DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LAS SALIDAS Y ARRIBADAS DEL AEROPUERTO EN SUS APROXIMACIONES Y CORREDORES VFR NOROESTE Y SURESTE (EXCLUSIVO MILITAR) QUE POR ESTOS LARES NO TODO EL MONTE ES ORÉGANO! ¡NO COMMENT! ...

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