martes, 21 de octubre de 2008

¡Ojo a navegantes!

Para conocimiento de los señores "pilotos" que sobrevuelan el Municipio de Ingenio a baja altura, se están jugando el título, según la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea y en su artículo 17 dice: El Comandante de aeronave que realice vuelos arriesgados o acrobáticos en espacio aéreo prohibido, o que sobrevuele aglomeraciones urbanas a una altura inferior a la de seguridad o a la que este especialmente autorizada, será castigado con la pena de perdida del título aeronáutico, suspensión del mismo o multa de cinco mil a veinticinco mil pesetas.

A ver si van tomano nota, los controladores también y vamos revisando el Reglamento de Circulación Aérea en su Capitulo 3, concretamente en el 2.3 de reglas Generales y el apartado 2.3.1.2 dice: "2.3.1.2. Alturas mínimas.
Excepto cuando sea necesario para despegar o aterrizar, o cuando se tenga autorización de la autoridad competente, las aeronaves no volarán sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados, o sobre una reunión de personas al aire libre, a menos que se vuele a una altura que permita, en caso de emergencia, efectuar un aterrizaje sin peligro para las personas o la propiedad que se encuentren en la superficie".

Por otra parte en el Capítulo 4, concretamente en el 2.4 de Reglas de Vuelo Visual y en el apartado 2.4.6 dice: "2.4.6. Excepto cuando sea necesario para el despegue o el aterrizaje, o cuando se tenga autorización de la autoridad competente, los vuelos VFR no se efectuarán:
a.Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una reunión de personas al aire libre a una altura menor de 300 m (1000 ft) sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 600 m desde la aeronave
b.En cualquier otra parte distinta de la especificada en 2.4.6.a, a una altura menor de 150 m (500 ft) sobre tierra o agua".

Por si no les quedan claro habrá que dedicarse a utilzar los nuevos formularios de notificación de sucesos a la DGAC, que ha puesto a disposición la web de Aviación Civil para estos casos. ¡Ojo que el que avisa no es traidor!

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