domingo, 5 de abril de 2015

El "Canavia 91" fuera del corredor Norte Sur en vuelo VFR a N3 con la "autorización", porque no controla, del controlador de Torre "como siempre en el ATZ al oeste de la Torre ¿Y la seguridad aérea dónde está?, en las manos de estos señores por supuesto que no



Hoy 5.04.2015 a las 11.32 horas la avioneta Tecnam P2002-JF Sierra con matrícula EC-KZC e indicativo "Canavias 91" y perteneciente a Canavia escuela de pilotos vuelve a saltarse el corredor Norte Sur sobrevolando el Municipio de Ingenio de Sur a Norte hacia la montaña de Malfú, omitiendo N2 como plan de vuelo que tenía asignado para dirigirse a N3 a realizar esperas en su vuelo VFR en el ATZ al oeste de la Torre y sobre el espacio aéreo de Ingenio.

Al principio del vídeo el piloto del "Canavia 91" informa que está en N3, cuando en realidad está en la vertical de Ingenio (¿Que controlaba el controlador de Torre?, ¿Tenía el transponder apagado?, ¿El monitor en off? o ¿las cortinas de las ventanas de la Torre bajadas como uso y costumbre?) y el punto N3 se encuentra en el Municipio de Telde que es adonde se dirige y realiza la espera ordenada por Torre

A la vista de lo sucedido el piloto del "Canavia 91" ha infringido con el beneplácito del controlador de Torre que siempre opera en off de pantalla y seguimientos:

1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) para dirigirse a las esperas en N3 (punto de entrada y esperas a GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W). No quiere tener idea ni le interesa conocer donde están estos puntos de navegación o las cartas de vuelo VFR les importa muy poco al igual que el plan de vuelo y los procedimientos de éste corredor.

2.- Esta vez si que se mantuvo a los 1000 pies de altura como está establecido para vuelos VFR, pero cuando no es "Juana es la hermana", y en este caso se salta el corredor Norte Sur.

3.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.

4.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.

5.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.

6.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.

7.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.

P.D.:http://youtu.be/bSrqYneMgmE

¡PARA QUE LUEGO SE MOLESTE EL DE SIEMPRE, PUES SI NO INFRINGIERAS EL PLAN DE VUELO, LOS PROCEDIMIENTOS DE VUELO DEL PASILLO NORTE SUR NO TENDRÍA QUE PONERTE AQUI, PORQUE DESDE AQUI SE VELA POR LA SEGURIDAD DEL MUNICIPIO COSA QUE NI HACE EL PILOTO NI EL CONTROLADOR DE TORRE, QUE ES LO QUE DEBEN HACER... Y AHORA VAS Y LO QUITAS UNA VEZ MÁS PORQUE ATENTA CONTRA LA LEY(LA QUE A USTEDES LE INTERESA) Y AQUI LOS UNICOS QUE ATENTAN CONTRA EL MUNICIPIO SON USTEDES, PILOTOS Y CONTROLADORES!.


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