jueves, 8 de agosto de 2013

Sigue volando sobre el casco urbano de Ingenio saltándose el plan de vuelo y el procedimiento del corredor Norte Sur el piloto del "Inaer 1041" sin que el controlador de Torre intervenga poniendo en entredicho a las indicaciones del controlador de Rodadura


Hoy 7.08.2013 a las 12.00 horas, el helicóptero de INAER Agusta A-109E Power con matrícula EC-KNH y con indicativo "Inaer 1041" sobrevuela el espacio aéreo de Ingenio de NE a SW después de despegar de R10 con indicación de proceder con giro a izquierda para S1 pasando previamente por N3 y N2.

A la vista del vuelo ilegal del piloto de Inaer, este ha incumplido en entre otra cosas:

1.- Volar fuera del corredor o pasillo VFR Norte Sur sin hacer uso de N3 (punto de salida de GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) y N2 (punto de notificación en 275734N 152756W).

2.- Volar en cota ilegal de altura, por debajo de 500 pies de altura en contra el Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000 feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave).

3.- Volar en el lugar no adecuado para dirigirse al sur sabiendo que no está cumpliendo con el procedimiento VFR del pasillo Norte Sur. De igual manera el controlador de Torre no corrige el plan de vuelo de dicho helicóptero sabiendo y conociendo que lo hace fuera del corredor visual dentro de su ATZ de control y espacio aéreo de Ingenio a pesar que el controlador de Rodadura leyese el plan de vuelo (R10, giro a izquierda, N3, N2 y S1). El controlador de Torre en principio le autoriza a girar a "derecha", le corrige el piloto que a izquierda, y el controlador "descontrolado" le pregunta sus intenciones, respondiendo el piloto giro a izquierda a S1 y esto le autoriza. ¿Y el plan de vuelo que colacionó el piloto a el controlador de Rodadura, dónde está? ¿Dónde está el plan de vuelo que te pasó el controlador de Rodadura, Torre?. Sin comentarios...

4.- Infringe la Ley de Seguridad Aérea.

5.- Infringe la Ley de Navegación Aérea.

6.- Infringe el Reglamento de Circulación Aérea.

7.- Infringe el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros.

8.- Atenta contra lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores.

9.- El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad.

P.D.: http://youtu.be/BC562aEQ1bI

¡¿CONTROLAN LOS CONTROLADORES DE TORRE AL OESTE DE LA TORRE EN SU ATZ Y ESPACIO AÉREO DE INGENIO? DEFINITIVAMENTE NO LO HACEN PORQUE SE SALTÁN EL TRABAJO DEL CONTROLADOR DE RODADURA, NO DAN LAS INSTRUCCIONES DEL MISMO NUNCA AL COMPLETO, NO SIGUEN NI CONTROLAN SUS VUELOS EN SU ATZ A ESTE LADO DEL CAMPO Y POR SUPUESTO NUNCA CORRIGEN A LOS PILOTOS QUE NO SIGUEN LOS PLANE DE VUELO NI EL CORREDOR VFR NORTE SUR (SALVO EN ALGUNAS OCASIONES MUY PUNTUALES... ALGÚN PROFESIONAL DEBE QUEDAR EN LA TORRE)!.

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