jueves, 23 de noviembre de 2017

A ESTO LLAMA EL PILOTO MILITAR DEL HELICÓPTERO SUPER PUMA CON INDICATIVO "COTOS 11" DE LA BASE AÉREA DE GANDO DE GRAN CANARIA HACER UNA HORA DE VUELO AL PICO DE LAS NIEVES SIN PLAN DE VUELO Y SIN CONTROL DE APROXIMACIÓN

Ingenio 23.11.2017. Así quema combustible los militares a costa del erario público en sus vuelos diarios de paseo en las Islas Canarias, sin plan de vuelo y sin control por parte del control de Aproximación ni de Torre. En este caso el piloto militar y su acompañante (¿Ignacio y Yolanda?)  querían hacer un vuelo VFR de una hora al al Pico de las Nieves en el centro de la isla y les salió casi una vuelta antihoraria a la misma de UNA HORA Y TREINTA Y CINCO MINUTOS (Desde la salida en la puerta Kilo de la plataforma militar con viraje izquierda, cruce de los QMS de la 03R y la 03 L,  N2 a las 12.44 hasta la arribada por el pasillo exclusivo militar y el aterrizaje en el mismo lugar a las 14.20 horas).

PASEÍTO AL PICO DE LAS NIEVES, QUE ERA LO QUE DIJERON, Y VUELTA ANTIHORARIA A LA MITAD DE LA ISLA QUE ES LO QUE OCULTARON LOS MILITARES DEL "COTOS 11"
¿IGNACIO Y YOLANDA?
NO COMMENT!

1 comentario:

Abogado colegiado dijo...

AVISO LEGAL:

Las continuas y falsas afirmaciones vertidas anónimamente por el responsable de este Blog, denominado ERSACHOPICO, jubilado residente en la Villa de Ingenio, entran gravemente en lo que el vigente Código Penal denomina en su artículo 205 como delitos de calumnias e injurias.

En cuanto a la pena tipificada, en el caso del delito de calumnias, la normativa española recoge que serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses. La pena para el delito de injurias graves hechas con publicidad, será de multa de seis a 14 meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.

Este término es definido en el artículo 211 del Código Penal cuando las injurias o calumnias “se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante”.

La normativa española recoge, además, qué pasaría si las injurias o calumnias son hechas con publicidad mediante alguno de los medios señalados anteriormente, indicando que “será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria”.

A pesar de que las difamaciones publicadas contra los profesionales que operan en el Aeropuerto de Gran Canaria, que se dedican a tareas como el salvamento de vidas humanas, la seguridad de las personas, el control aéreo de la aviación comercial o la formación de pilotos, carecen de todo rigor legal y normativo, suponen no obstante un grave atentado contra la seguridad aérea, al presionar públicamente a estos profesionales con la falsa denuncia por incumplimiento de supuestos "procedimientos" carentes de todo fundamento aeronáutico y normativo.

Todo ello se comunica a efectos de prevenir contra la repetición de los presentes delitos por terceras personas que pudieran hacer uso públicamente de la información contenida en este Blog.