jueves, 25 de julio de 2013

Un ejemplo más del nefasto control de la Torre de GCLP y la controladora de turno para el "AH 31" de Inaer del Gobierno de Canarias con destino a El Berriel


Hoy 25.07.2013, a las 10.08 horas el helicóptero de INAER Augusta Bell AB 412 con matrícula EC-HZD del servicio de emergencias del Gobierno de Canarias con indicativo "AH 31" después de ser autorizado y no seguido ni controlado (por supuesto tampoco se atiene al teórico plan de vuelo del controlador de Rodadura) el controlador de Torre para giro a izquierda como única instrucción sobrevuela el casco urbano del pueblo de Ingenio de Norte a Sur en cota ilegal de altura y fuera del corredor VFR Norte Sur en contra del Artículo 4.6 a. de Reglas de Vuelo Visual del Reglamento del Aire (Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una aglomeración de personas al aire libre a una altura menor de 300 metros (1000feet) sobre el obstáculo mas alto situado dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave) para dirigirse en su vuelo VFR en dirección Sur, infringiendo la Ley de Navegación Aérea y el Reglamento de Circulación Aérea, la Ley de Seguridad Aérea y el Reglamento Operacional de Vuelo de Helicópteros y lo que dispone el Artículo 15 de la Constitución, por vulneración del derecho fundamental a la vida e integridad física, debido a sobrevuelos en cota de baja altitud sobre el pueblo de Ingenio y fuera del pasillo VFR Norte Sur que producen daños físicos y psíquicos en sus habitantes ante el temor de ver su vida peligrar con estos atentados diarios por parte de pilotos y controladores. El piloto además infringe lo que reseña el Artículo 17 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea por sobrevolar aglomeraciones urbanas (Municipio de Ingenio) a una altura inferior a la de seguridad, fuera de toda norma o ley de la que parecen inmunes, de ahí su alevosía y premeditación de las instrucciones y vuelo.

Según el plan de vuelo referido por el controlador de Rodadura era, N3 (punto de salida de GCLP para vuelos VFR en 275628N 152447W) , N2 (punto de notificación en 275734N 152756W) y S1 (275036N 153114W) para dirigirse a El Berriel, el piloto se lo salta y en dirección a la montaña de Malfú se da cuenta que está siendo grabado e intenta corregir el rumbo y tomar altitud, pero ya era tarde y encima en la vertical de Ingenio la controladora de Torre le indica que está desviado de N2 (en realidad varias millas al sur) y le autoriza a pasar con Aproximación. ¿Y dónde estabas controladora cuando se saltó N3 que es anterior a N2?. Se supone que deben controlar todo vuelo en su ATZ hasta que lo pasen a Aproximación, pero siempre que se vuele al pasillo VFR Norte Sur y que afecte al Municipio de Ingenio, solo que queda en intención ya que el control es nefasto y cuando actúan es mal y tarde porque nunca se atienen al plan de vuelo ni pilotos ni controladores. "Controladores" son para controlar que para eso les pagan, sino se llamarían de otra manera.

P.D.: http://youtu.be/ANEkFNpbUzc

¡CADA DÍA DEMUESTRAN LOS CONTROLADORES DE TORRE Y DE RODADURA QUE UNO DE LOS DOS SOBRAN CUANDO EL PLAN DE VUELO NO LO COORDINAN Y LOS PILOTOS NO LO CUMPLEN NI SE LE HACE CUMPLIR INFRINGIENDO TODA NORMA AÉREA Y PROCEDIMIENTO EN EL ATZ DE CONTROL Y ESPACIO AÉREO DE INGENIO!.

No hay comentarios: